Coronavirus

¿Qué se puede hacer y qué no en los cuatro niveles de alerta por coronavirus?

La pandemia del coronavirus en nuestro país se declaró en marzo, ocho meses después, restricción tras restricción, Sanidad establece cuatro niveles de alerta.

Andalucía suma 52 muertes y 2.363 casos de coronavirus en 24 horas
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La pandemia del coronavirus en nuestro país se declaró en marzo, ocho meses después, restricción tras restricción, Sanidad establece cuatro niveles de alerta. Con esta uniformidad de criterios las comunidades podrán ir aplicando las correspondientes medidas restrictivas para intentar frenar un virus que no se detiene en nuestro país. Salvador Illa se ha reunido con el resto de las comunidades autónomas para crear un frente común, de momento, las medidas no están funcionado, pero con la esperanza que estos niveles de alerta sean capaces de frenar al virus, se establecen 4 niveles de alerta por coronavirus.

Así son los cuatro niveles de alerta por coronavirus

Salvador Illa ha afirmado que se actuará en función de unos criterios epidemiológicos comunes. El ministro, licenciado en filosofía, cree que los datos deben ser los que manden, más allá de cualquier otro elemento. Por lo tanto, según el índice de contagios de cada zona y como si de una tormenta se tratará, los niveles de alerta por coronavirus son de menor o mayor riesgo.

Nivel 1:

  • No se permiten reuniones de más de 15 personas, se recomienda establecer grupos de convivencia estables para evitar la entrada del virus.
  • El aforo no deberá ser superior al 75% en espacios cerrados, al aire libre no habrá limitaciones en velatorios o celebraciones autorizadas. En restauración se permite unas 15 personas por mesa en exterior y 10 en interior. Estarán todos los establecimientos abiertos, menos discotecas.

Nivel 2:

  • Se prohíbe la movilidad fuera de la zona asignada, salvo excepciones, previamente autorizadas o documentadas.
  • Consumir en barra está prohibido y solo se permite el 50% del aforo de los locales de restauración.
  • El aforo en velatorios también se restringirá en un 50% y un máximo de 30 personas en dichos actos en interiores, al aire libre no hay limitaciones, de igual forma en bodas y comuniones.
  • Se recomiendan las reuniones de un máximo de diez personas y fomentar el teletrabajo son otras de las medidas incluidas, así como la recomendación de permanecer en el domicilio.
  • Para los lugares de culto, se reduce a la mitad el aforo máximo y en espacios cerrados. “Ofrecer servicios telemáticos o por televisión”, se acuerda.

Nivel 3:

  • Limitar a un máximo de seis las congregaciones de personas y la “valoración” de limitación de horarios de apertura al público de hasta las 23 horas en los establecimientos en servicio no esencial.
  • En hostelería y restauración se valorará el cierre, y en su defecto reducirá el aforo al máximo posible; lo mismo que indica para establecimientos como salas de bingo, casinos o locales de apuestas.
  • Se recomienda salir del domicilio “solo lo necesario”, valorar la limitación de entradas y salidas del área territorial salvo actividades esenciales y acudir al trabajo de manera “excepcional” para actividades o reuniones precisas.
  • En velatorios y entierros limitar el aforo a un tercio en sitios cerrados (máximo diez personas) y 20 asistentes máximo en espacios abiertos. Sobre otras ceremonias como bautizos o bodas, apuesta por aplazarlos si es posible, no obstante, establece limitaciones de asistencia.

Nivel 4

  • A todas las restricciones del nivel 3, se adoptarán “medidas excepcionales, tras una evaluación específica de la situación, que podrán incluir la limitación de la movilidad de las personas, cierres perimetrales u otras restricciones del movimiento”.

De esta manera se unifican los criterios para luchar contra el coronavirus de forma unánime, con estos niveles organizados.

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