Sociedad
DGT

Estos son los 10 radares que más multan en España y están en estas zonas

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Tal y como alerta la Dirección General de Tráfico (DGT), el exceso de velocidad es uno de los principales factores de riesgo en la carretera. Circular por encima de la velocidad máxima permitida en la vía ejerce una influencia muy negativa sobre las capacidades del conductor y aumenta la probabilidad de sufrir lesiones graves permanentes o de morir. Para vigilar las infracciones en las carreteras españolas, la DGT tiene 2.850 radares por todo el territorio nacional, y estos son los que más multas pusieron en 2022.

En 2022, el organismo impuso 3,7 millones de sanciones por exceso de velocidad, la cifra más alta de los último siete años. En total, se recaudaron 507.361.888 millones de euros en multas de tráfico. Por comunidades autónomas, Andalucía fue la región donde se pusieron más multas (27% del total), seguida de la Comunidad Valenciana (12%) y Castilla y León (11%).

De los casi 3.000 radares que hay en las carreteras españolas, son 50 radares fijos los que concentran casi el 30% de las multas por rebasar la velocidad permitida. Los 10 radares que más multas pusieron en 2022 fueron:

Por muy precavido que sea uno al volante, nunca está de más saber dónde están situados los radares más «multones» de España. Tanto la DGT como el Real Automóvil Club de España (RACE) ofrecen el mapa completo de los radares fijos que hay en las carreteras, así que su localización es pública.

¡Cuidado con frenar antes de un radar!

Frenar ante la presencia de un radar nunca es una buena idea por dos motivos. En primer lugar, no vas a evitar la multa y, además, podrías recibir una segunda sanción por reducir la velocidad del vehículo de manera brusca y sin razón aparente. Y, en segundo lugar, es una maniobra muy peligrosa, sobre todo en autovías y autopistas.

El artículo 53 del Reglamento General de Circulación establece lo siguiente: «Salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir la velocidad de su vehículo, deberá cerciorase de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y estará obligado a advertirlo previamente, sin que pueda realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo».