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Golpe en la mesa de la DGT: toma una drástica decisión y multará a quienes lleven esto en el coche aunque no lo usen

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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

El exceso de velocidad es una de las principales causas de accidente en las carreteras españolas. Para vigilar que los conductores no circulan por encima de la velocidad máxima permitida, la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene aproximadamente 1.500 radares: 780 fijos, 545 móviles y 92 de tramo.

Claro que, tal y como dice la expresión «hecha la ley, hecha la trampa». En los últimos años han surgido dos dispositivos que son totalmente ilegales: el detector de radar y el inhibidor de radar. La DGT te puede multar no solo por utilizarlos, sino por el simple hecho de llevarlos en el vehículo.

  • Detector de radar: tal y como su propio nombre indica, este dispositivo rastrea y localiza radares cercanos. Llevarlo instalado en el coche, así como su uso, se considera una infracción grave. La multa es de 200 euros y la pérdida de tres puntos del carnet de conducir.
  • Inhibidor de radar: el inhibidor, además de rastrear los radares, también anula su funcionamiento. La sanción por llevar instalado este tipo de dispositivo en el vehículo es de 6.000 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir. Asimismo, los talleres que instalen estos aparatos pueden recibir una multa de hasta 30.000 euros.

Ahora bien, el avisador de radar (aplicaciones móviles y GPS) sí está permitido. Este se nutre de la información que la propia DGT publica sobre los radares, así que su uso es legal. Solo sitúa a los radares en el mapa y alerta a los conductores de la proximidad de los mismos, así que no hay ningún problema con él.

«La velocidad excesiva o inadecuada ejerce una influencia muy negativa sobre tus capacidades para conducir y te expone con mucha facilidad a situaciones de alto riesgo. La probabilidad de morir o sufrir lesiones graves permanentes es mucho mayor en un accidente con velocidad excesiva que en otro con una velocidad más moderada. Esto sucede independientemente de si la causa última del accidente ha sido o no el exceso de velocidad», recuerda la DGT.

Y, por último, cabe señalar que utilizar el GPS o la radio al volante es un motivo de distracción. Según calcula el organismo, en 14 segundos, el tiempo aproximado que se tarda en establecer una ruta en el navegador, el vehículo recorre una distancia de casi 500 metros sin prestar atención a la carretera, en el caso de que circule a 120 kilómetros por hora.

Por lo tanto, para evitar cualquier riesgo, es fundamental establecer la ruta en el navegador antes de iniciar el viaje y tener las indicaciones por voz activadas para no desviar la vista de la carretera.

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