Admitida una denuncia

Bruselas investigará a Irene Montero por decir que Antonio David Flores maltrató a Rocío Carrasco

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Diana Arias

Irene Montero podría ser juzgada por sus incendiarias palabras sobre el presunto maltrato de Antonio David Flores a Rocío Carrasco. La ministra de Igualdad, sin ninguna prueba más que el testimonio televisivo de la hija de la Jurado, aseguró con contundencia que se trataba era un caso de violencia de género, vulnerando así la presunción de inocencia del colaborador de televisión.

Es por esto que la Asociación de Custodia Compartida de Alicante (ACCA) y de la Asociación de Víctimas de la Ley de Violencia de Género-Madrid (Genmad) presentaron una denuncia ante la Comisión Europea contra Irene Montero por utilizar «la red social Twitter para presentar como culpable de un delito de malos tratos al ciudadano español D. Antonio David Flores». Ahora Bruselas investigará a la ministra después de que la denuncia haya sido admitida a trámite.

Además, esta no es la única denuncia que recibió el organismo europeo. Ante la «avalancha de peticiones de denuncia adicionales» se elaboró un formulario para que otros colectivos pudieran sumarse a la interpuesta inicialmente. Finalmente la Comisión Europea ha admitido a trámite la denuncia por vulnerar el derecho a la presunción de inocencia de Antonio David Flores.

La denuncia presentada 

La denuncia presentada por más de 20 asociaciones señala que la ministra utilizó «Twitter para presentar como culpable de un delito de malos tratos al ciudadano español Antonio David Flores y, lejos de rectificar, ha intervenido en directo en un programa de televisión que públicamente se está dedicando a linchar» al colaborador.

Las asociaciones recuerdan que Antonio David «nunca ha sido juzgado por el delito de malos tratos del que ha sido acusado, y por el contrario, los tribunales españoles han sobreseído la denuncia». «No podemos consentir que las autoridades españolas presenten como culpables a hombres que no han sido condenados por los tribunales», denuncian.

«Por otra parte, la directiva impone la obligación de que esas autoridades no se refieran a esa persona como culpable», y ello debe incluir «referencias eufemísticas e incluso indirectas, porque es la única interpretación compatible con el derecho humano a la presunción de inocencia, de modo que se ha violado la Directiva 2016/343 cuando se ha presentado como víctima de un delito de malos tratos a una persona que ningún tribunal ha declarado que sea víctima de ese delito y, por el contrario, ha sobreseído la acusación», añade la denuncia presentada antes Bruselas.

La asociación ACCA y el resto de entidades señalan que «presentar a esa mujer como víctima significa presentar a su ex marido como culpable, hasta el punto de que ha causado su despido laboral». Es más, «cabe recordar que España ya fue condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Azconobieta contra España) y en aquella sentencia se declaró que ‘el derecho a la presunción de inocencia (…) exige que ningún representante de Estado o de la Autoridad pública declare que una persona es culpable antes de que su culpabilidad haya sido establecida por un Tribunal’».

El escrito concluye que solicita «que se admita la presente denuncia y se inicie procedimiento contra España por infracción del derecho comunitario, y concretamente por violación de los artículos 4 y 10 de la directiva 2016/343, así como por la falta de transposición del art. 10 de la citada directiva. Alicante 23 de marzo de 2021 D. José Ramón Pomares Meléndez. Presidente de ACCA».

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