Que los lazos amarillos se retiren “sin fuerza y con derecho”
Conocíamos la obligación que le ha impuesto la Junta Electoral Central a la Generalitat para retirar los lazos amarillos de los inmuebles públicos, y otra vez más nos encontramos con el chulesco envite independentista que termina en la manifestación clara de la voluntad de no cumplir la ley; y, lo peor, quienes así proceden lo hacen desde las instituciones públicas, trasladando la impresión de que ellos están por encima de la ley. Pero obviamente no es así.
La Generalitat ni es la ley ni como institución puede ni debería desacatarla: al contrario, debería dar ejemplo de su cumplimiento. Los ministros Borrell y Celaá anunciaban que el Estado tiene recursos para hacer cumplir con la exigencia de la Junta Electoral. Y así es, sin fuerza y con derecho, sin entrar en escenas absolutamente evitables como las protagonizadas con torpeza y poca previsión aquel infausto 1-O.
El Estado, en efecto, goza en su estructura y en su propia praxis de armas normativas lo suficientemente poderosas para exigir a los responsables políticos y a los funcionarios cumplir la ley. Por un lado, están las acciones administrativas y la posibilidad de, en virtud del Art. 12.3 de la Ley Contenciosa-Administrativa, solicitarle a un juez que se ejecute la orden instada por la Junta Electoral, con el fin de requerirle a las fuerzas del orden que identifiquen a los responsables de los inmuebles para que éstos insten a retirarlas. De no cumplir las órdenes de los agentes, sus responsables podrían incumplir la Ley De Seguridad Ciudadana Art. 36.4 cometiendo infracciones graves de hasta 30.000 euros. Si la negativa continuara, podríamos estar ante un proceso penal de desobediencia de acuerdo con el Art. 556 del Código Penal con penas para sus autores de hasta un año de prisión.
Todo ello sin olvidar que la Fiscalía podría iniciar de oficio las oportunas denuncias por prevaricación y desobediencia para aquellos funcionarios y dirigentes políticos que, apercibidos formalmente para retirar los lazos o las enseñas ideológicas, vulnerando una orden de un juzgado y la neutralidad, no actuaran, pudiendo por lo consiguiente ser investigados e inhabilitados en sus funciones. La vieja, manida, caprichosa e infundada excusa de que estamos ante un acto de libertad de expresión es pura demagogia; porque nadie está por encima de la ley. Lo que busca la Junta Electoral no es limitar la libertad de expresión sino contener el partidismo ideológico de quienes, desde las instituciones, se aprovechan de su posición para hacer, ilegítimamente, actos de partido. La Señera, la bandera de España y la Constitución, son la ley, y con la ley en la mano, estas son las insignias que se han de exhibir en los edificios públicos que son de todos.
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