El delito de Oltra, entre otros, fue no perseguir el delito de su ex marido
La instrucción realizada por el Juzgado número 15 de Valencia deja bien a las claras el papel desempeñado por la Consejería de Mónica Oltra, imputada por los supuestos delitos de prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos en relación con el caso de los abusos sexuales cometidos por el que fuera su marido a una menor tutelada. Y es que ante las insistentes preguntas de la Fiscalía de Menores sobre por qué no se le había comunicado la existencia de unos posibles abusos sexuales, la Consejería se limitó a argumentar que «no se apreció ningún indicio». Como si la Consejería fuera quien se encarga de decidir lo que es lícito o ilícito penal. Lo que el Departamento de Oltra no quiso ver -un delito de abusos sexuales de libro- lo vio claramente la Justicia, que condenó a Luis Ramírez Icardi, ex marido de Oltra, a cinco años de cárcel en un juicio sentenciado en 2019.
La declaración de la psicóloga de la Consejería que entrevistó a Mayte, la menor abusada por el ex marido de Oltra, en el Juzgado número 15 de Valencia, donde prestó testimonio como imputada, tampoco dejaba lugar a dudas: «Me pidieron que hablara con la niña para ver la consistencia de la declaración y su veracidad, más que su veracidad, su credibilidad, para poder continuar a partir de ahí el protocolo». Es decir, lo que les importaba era más poner en duda la palabra de la menor abusada que otra cosa. ¿Hubiera sido igual si el abusador no fuera el ex marido de la consejera y vicepresidenta del Gobierno valenciano? Se admiten apuestas. Los requerimientos de la Fiscalía para que la Consejería remitiera «toda la documentación relativa a la entrevista que mantuvieron con la menor Mayte» se dilataron en el tiempo, de modo que cabe asegurar que el Departamento de Oltra no mostró el más mínimo interés en esclarecer el fondo del asunto. Estos son los hechos. Para que luego diga Oltra que todo fue un invento de la «extrema derecha».
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