Adiós a pagar impuestos por darle dinero a tus hijos: el Código Civil lo confirma
Los hijos que reciban una pensión de alimentos estarán exentos del pago del IRPF
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones siempre está ahí para recordar a los receptores de un bien o un dinero que tienen que cumplir con sus obligaciones tributarias ante Hacienda. El artículo 142 del Código Civil hace mención a un caso en el que los hijos no estarán obligados a pagar los impuestos correspondientes. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el caso en el que los hijos estarán exentos de abonar impuestos a Hacienda en el ejercicio del IRPF.
En este 2026, Hacienda pondrá el foco en los movimientos de dinero de todos los ciudadanos y esto también repercute en las donaciones que se hacen entre padres o hijos. Por ello, todos los bancos tienen la obligación de poner en conocimiento de la Agencia Tributaria todas las transacciones que superen los 3.000 euros. Siempre que se pase esta cantidad, las entidades financieras tendrán que poner en conocimiento del fisco esta operación. Esto también se ‘investigará’ cuando se opere con billetes de 500 euros, conforme dicta el Real Decreto 1065/2007.
La Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales también obliga a los bancos a informar a Hacienda sobre las transferencias de más de 10.000 euros. Cualquier movimiento de estas cantidades que no esté justificado se puede considerar una donación y se tendrá que pagar el impuesto correspondiente. Hay un caso en el que los receptores de un dinero estarán exentos de pagar el IRPF y esto está recogido en el artículo 141 del Código Civil, que está en el título VI, que se titula «De los alimentos entre parientes».
Los hijos y el pago de impuestos
Los hijos (o en este caso uno de los progenitores) estarán exentos del pago de impuestos cuando el dinero recibido vaya destinado a la pensión de alimentos. «Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica», dice el artículo 141 del Código Civil sobre esta exención en el IRPF.
«Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable», se puede leer en este artículo que también deja claro que «entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo».
Para que los hijos y el otro progenitor estén exentos del pago de impuestos por la pensión de alimentos, un juez o un notario tienen que haberla confirmado vía sentencia judicial o convenido regulador. Siempre y cuando esto suceda, los hijos no tendrán que pagar ningún impuesto por recibir esta cantidad de dinero, siempre y cuando sean económicamente dependientes.
Los progenitores que paguen la pensión por alimentos no estarán exentos del pago de impuestos, pero sí que tendrán un beneficio fiscal por abonar esta cantidad, que suele ser de carácter mensual. A los padres que estén en esta situación, Hacienda calculará el impuesto del sueldo y pensión por separado para evitar que salten de tramo y así pagar una cantidad de más. En el caso de la pensión compensatoria al excónyuge, se considera como un rendimiento de trabajo y sí que tendrá que tributar por ello en la campaña de la declaración de la renta.
Hacienda confirma las fechas de la renta
Hacienda ya ha confirmado las fechas de la declaración de la renta para 2026, en la que los contribuyentes que cumplan con los requisitos tendrán que declarar los ingresos correspondientes al año 2025. El inicio de la campaña será el 8 de abril y hasta el próximo 30 de junio los ciudadanos que hayan superado el límite de 22.000 euros o superado los 15.786 y tengan más pagadores por encima de los 1.500 euros, estarán obligados a hacer el ejercicio del IRPF.
El próximo 6 de mayo se abrirá el plazo para hacer la declaración de la renta vía telefónica y, en el último mes de junio, los ciudadanos que lo deseen podrán declarar el IRPF en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.
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