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Adiós al cinturón de seguridad: la norma de la DGT que lo cambia todo

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

En los últimos años, la Dirección General de Tráfico ha desarrollado numerosas normas y campañas para mejorar la seguridad vial en las carreteras españolas. Entre las medidas más conocidas y efectivas se encuentra el uso del cinturón de seguridad, que reduce un 50% el riesgo de fallecimiento y un 75% el de lesiones graves, según datos de la DGT. Sin embargo, todavía existen aspectos del Reglamento General de Circulación que generan polémica y pueden resultar peligrosos para los conductores.

Según la normativa, los conductores de furgonetas pueden circular sin cinturón de seguridad cuando realizan «operaciones de carga y descarga en distancias cortas». A primera vista, esto podría parecer una medida práctica que facilita el trabajo de los repartidores, pero su redacción es ambigua y peligrosa. La expresión «distancias cortas» no está claramente definida, lo que deja una interpretación subjetiva que complica la labor de los agentes de la Guardia Civil de Tráfico.

La norma de la DGT sobre el cinturón de seguridad

«Como norma general, están exentos de utilizar el cinturón en todas las vías los conductores cuando realicen la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento y aquellos que certifiquen por razones médicas graves o discapacidad que les exima de utilizarlo. También, y solo en vías urbanas, los conductores de taxi cuando estén de servicio. Estos, y solo en ciudad, podrán transportar a personas con una estatura inferior a 135 centímetros sin utilizar sistema de retención homologado. Eso sí, siempre que ocupen los asientos traseros del vehículo.

Igualmente están exentos, los transportistas cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga en lugares próximos; los conductores y los pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia y las personas que acompañen a un alumno durante el aprendizaje de la conducción o durante las pruebas de aptitud y estén a cargo de los mandos del automóvil. En España existe otra exención al uso de cinturón: los pasajeros que viajen de pie en un autobús autorizado para ello o en el caso de que este vehículo no esté dotado con este elemento de seguridad», establece la DGT.

La ley también contempla exenciones para otros colectivos, como los taxistas que circulan por ciudad o los conductores que realizan maniobras de marcha atrás para estacionar. Incluso los servicios de urgencia, como ambulancias y bomberos, cuentan con permisos específicos para no abrocharse el cinturón en determinadas circunstancias.

Aunque estas excepciones puedan parecer justificadas por la necesidad de maniobrabilidad o rapidez, la realidad es que el riesgo de lesiones graves o mortales en caso de accidente aumentan exponencialmente. Esto se refleja en los datos del organismo dirigido por Pere Navarro, que muestran que el 24 % de los fallecidos en accidentes de furgoneta en ciudad no llevaban puesto el cinturón, porcentaje que asciende al 35 % en vías interurbanas.

«El cinturón sigue siendo la base de la seguridad en el coche y lo que hace que el resto de sistemas funcionen. Tiene una doble función, retiene al ocupante en el asiento, pero también le da tiempo al airbag a desplegarse. Si no se lleva el cinturón abrochado o no se usa correctamente, cuando el vehículo impacta y frena en seco, el pasajero sigue un vuelo libre hacia el tablero, el volante, el asiento delantero o el parabrisas… y eso es una lotería», afirma Ignacio Lázaro, senior product manager del Departamento de Integración de Sistemas de Retención de la empresa Applus Idiada.

Otro factor que contribuye a la siniestralidad es la antigüedad del parque móvil. Según informes recientes, aproximadamente un 40 % de las furgonetas que circulan por España tienen más de 20 años de antigüedad. Pere Navarro, director de la DGT, ha subrayado en diversas ocasiones la necesidad de un plan nacional para mejorar la seguridad de los vehículos comerciales ligeros.

«Mientras los turismos y los camiones cuentan con permisos específicos, inspecciones técnicas precisas, acciones formativas concretas, así como planes de vigilancia y control propios, las furgonetas permanecen al margen de estas medidas, un hecho que nos lleva a abrir el debate y prestar más atención sobre un tipo de vehículo que ha crecido y que resulta esencial en gran parte de la actividad económica de nuestro país».

En conclusión, aunque la normativa contemple excepciones para ciertos colectivos y situaciones, el uso del cinturón de seguridad sigue siendo la medida más efectiva para salvar vidas en la carretera.

Finalmente, cabe señalar que «la normativa comunitaria que se ha aplicado en estos casos tiene dos características: es muy concreta para niños y muy genérica para adultos. Por esta razón encontramos exenciones muy llamativas y diferentes en lo que respecta al no uso de cinturón. España se encuentra en un rango medio-bajo de exenciones con 7 regulaciones (si contamos la que se aplica a los pasajeros de autobús), frente a las 8 que es la media europea. En esta misma línea se sitúa Francia (tiene reguladas 6), Italia (9), Reino Unido (7) y Alemania (10). Por debajo de esta media Suecia (3) y Países Bajos (2). Y en el polo opuesto, Polonia, con 13 excepciones».