297 km/h: la historia de una multa de récord
Si te hablamos de un conductor que circula a 297 km/h, lo normal es que pienses que te estamos contando algo relacionado con el mundo de las carreras. Pero no, por desgracia no es así. Es precisamente a esta velocidad a la que ha sido cazado un individuo el pasado 21 de marzo por un radar de la Guardia Civil, que asegura que se trata de una cifra récord en la comunidad de Madrid, y puede que de España entera.
Nuestro amigo fue sorprendido haciéndose el Fernando Alonso al volante de un espectacular Porsche 911 Carrera, a la altura del kilómetro 4 de la autopista de peaje R-4, entre las localidades de Pinto y Parla. El límite de velocidad legal para esta zona era de 120 km/h, por lo que el conductor del que te hablamos superaba en 2,5 veces esta cifra, algo que le va a traer problemas con la justicia.
Como curiosidad debes saber además que el conductor protagonista de esta historia es discapacitado, lo que no impidió que fuese detenido al poco de cometer la infracción y acusado de un delito contra la seguridad del tráfico recogido en el artículo 379 del código penal. Parece ser también que la discapacidad que sufre este varón de 36 años, que afecta a una pierna, solamente le permite ponerse al volante de vehículos adaptados, lo que significa que no debería circular en ningún caso por encima de 100 km/h. Poco le importaba eso parece ser, como tampoco lo ha hecho la total ausencia de puntos en su carnet, otra de las sorpresas que se encontraron los agentes al darle el alto. Para más inri, se ha sabido que este individuo tiene antecedentes penales por diversos motivos. Una joya, vamos.
Otro de los puntos que llama la atención de esta historia es la cifra detectada por el radar, porque según la ficha técnica del Porsche 911 Carrera, éste tiene una velocidad punta de 295 km/h, y no de 297. En cualquier caso, parece que nuestro amigo estaba disfrutando de todo el poderío de su deportivo.
En cualquier caso, será ahora el Juzgado de Guardia de Valdemoro el que tenga que decidir si este tipo ingresa en prisión o si por el contrario queda en libertad con cargos. El castigo a la sombra puede llegar a ser de entre tres y seis meses, mientras que le será prohibido conducir por un periodo que puede ir desde el año hasta los cuatro años.
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