Buenas noticias para las familias madrileñas: ayudas de hasta 3.000 euros para la guardería


La Comunidad de Madrid ha anunciado una nueva convocatoria de becas dirigidas a facilitar el acceso a guarderías privadas autorizadas, ofreciendo un apoyo económico que puede alcanzar hasta los 3.113 euros por niño. Esta ayuda se centra en los menores de tres años que asisten o asistirán a centros privados sin plaza pública subvencionada. La administración regional considera esencial apoyar a las familias desde los primeros años de escolarización.
A través de esta iniciativa, se refuerza además la libertad de elección educativa, permitiendo a los padres optar por el centro que mejor se ajuste a sus necesidades personales y familiares. El objetivo es aliviar la carga económica que supone la escolarización temprana en centros privados, especialmente en aquellos casos donde los ingresos familiares son bajos o existen circunstancias particulares que incrementan la vulnerabilidad del núcleo familiar. Esta iniciativa forma parte de las políticas sociales de la Comunidad de Madrid para mejorar el acceso equitativo a la educación desde los primeros años de vida.
Ayudas para guarderías privadas en Madrid
La beca general otorgada por la Comunidad de Madrid contempla una cantidad de 1.947 euros anuales por cada niño beneficiario, lo que se traduce en una ayuda mensual de 177 euros durante once meses, desde septiembre de 2025 hasta julio de 2026. Sin embargo, las familias que cumplan ciertos criterios económicos y sociales podrán beneficiarse del importe máximo, que asciende a 3.113 euros, es decir, 283 euros mensuales durante ese mismo periodo.
Para optar a estas ayudas, los niños deben haber nacido o estar previstos de nacer antes del 1 de enero de 2026. Esto incluye también a los bebés aún no nacidos al momento de la solicitud, siempre y cuando se pueda acreditar su futura llegada mediante un certificado médico que indique la fecha estimada del parto.
Además, se abre la posibilidad de participación a aquellos niños mayores de tres años con necesidades educativas especiales, siempre que exista un informe emitido por el Equipo de Atención Temprana que justifique la permanencia del menor en el primer ciclo de Educación Infantil.
El menor debe estar matriculado o tener reserva confirmada en un centro privado autorizado por la administración educativa, y no ocupar una plaza que cuente con financiación pública. En otras palabras, la beca se concede únicamente para escuelas infantiles privadas sin subvención.
Requisitos económicos y documentación necesaria
Uno de los aspectos fundamentales para acceder a esta ayuda es que la renta per cápita anual del núcleo familiar no debe superar los 35.913 euros. Para calcular esta renta, se tienen en cuenta los ingresos brutos de todos los miembros computables del hogar divididos entre el número de personas que lo integran.
Si los solicitantes no autorizan la consulta directa de los datos fiscales por parte de la administración, será imprescindible presentar el certificado del IRPF correspondiente al año 2023, el cual debe ser expedido por la Agencia Tributaria a partir del 1 de abril de 2025.
Por otro lado, será necesario aportar el certificado de nacimiento del menor, o en caso de que aún no haya nacido, un certificado médico que indique la fecha estimada de parto. En familias con situaciones especiales como divorcios, separaciones, fallecimientos o familias monoparentales, deberán acompañar su solicitud con la documentación acreditativa correspondiente: sentencias judiciales, certificados de empadronamiento, declaraciones responsables, etc.
Proceso de solicitud
La solicitud debe tramitarse de forma telemática, a través de la plataforma digital habilitada por la Comunidad de Madrid en su portal de Becas y Ayudas a la Escolarización. Para completar el proceso, se requerirá proporcionar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico válidos. Estos datos servirán para generar un código personal con el que se podrá realizar el seguimiento del estado de la solicitud.
En el caso de que no se autorice el acceso automático a los datos fiscales, laborales o de empadronamiento, el solicitante tendrá que adjuntar todos los documentos necesarios que justifiquen la información declarada. También será indispensable que al menos uno de los progenitores o tutores firme la solicitud, aunque para consultar el estado posterior de la solicitud, todos los adultos integrantes del hogar deben haber dado su consentimiento para el cruce de datos.
Baremo de adjudicación y criterios de puntuación
La selección de beneficiarios no se realizará por orden de llegada, sino en función de un baremo objetivo que evalúa diferentes factores socioeconómicos y familiares. Entre los aspectos valorados se encuentran:
- Ingresos económicos de la unidad familiar
- Número de hijos y la composición del núcleo (monoparental, numerosa…)
- Situación laboral de los padres o tutores legales
- Existencia de discapacidad en el menor o en algún miembro de la familia
- Condiciones especiales acreditadas, como situaciones de violencia de género o riesgo social
Cuanto mayor sea el nivel de necesidad justificado en estos puntos, más alta será la puntuación y, por tanto, mayores serán las posibilidades de obtener la ayuda y de que ésta se sitúe en el tramo económico superior.