Investigación

El Gobierno alteró varios expedientes para adjudicar a dedo por 3 millones la reforma de la Embajada

  • Manuel Cerdán y M.A. Ruiz Coll

El Ministerio de Asuntos Exteriores alteró varios expedientes, modificando las fechas reales, para adjudicar a dedo por tres millones de euros, sin concurso público, las obras de acondicionamiento de la nueva sede de la Embajada de España en Venezuela. La obra debería haber concluido en mayo de 2020, pero acumula ya un retraso de casi 11 meses.

El edificio situado en el centro financiero de Caracas, con cuatro plantas en superficie y otras tres de sótano, fue adquirido por el Gobierno español en diciembre de 2018 por un precio de 6 millones de euros. El contrato de compra venta fue rubricado por el entonces embajador de España en Venezuela Jesús Silva Fernández, bajo la supervisión de los ministerios de Exteriores y Hacienda.

Una vez cerrada la compra, la Subdirección General de Asuntos Patrimoniales del Ministerio de Asuntos Exteriores aprobó en julio de 2019 la declaración de emergencia para contratar las obras de reforma del edificio. El contrato fue adjudicado sin concurso por 2.806.600 dólares (al cambio, 2.892.720 euros) a la constructora Inversiones YC CA, representada por el arquitecto Eric Yáñez Thire y constituida en Venezuela pocos meses antes de este encargo.

Exteriores encomendó a esta constructora, Inversiones YC CA, tanto la remodelación del edificio adquirido para transformarlo en la nueva sede de la Embajada, como el acondicionamiento de la residencia del embajador, situada en la Quinta de San Antonio, para mejorar sus medidas de seguridad.

Mediante el procedimiento de emergencia aprobado en julio de 2019, Exteriores adjudicó otros dos contratos: encargó a la firma Consultores 200 CA la redacción del proyecto y la dirección de obra de la nueva embajada por 64.036 euros, y a la compañía Seguridad Industrial 2020 CA el desarrollo de las medidas de seguridad y prevención de riesgos laborales por otros 14.254 euros.

El Ministerio de Exteriores, dirigido en aquel momento por Josep Borell, adjudicó estos tres contratos a dedo acogiéndose al artículo 120 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, que permite eludir el trámite del concurso público de forma excepcional “cuando la Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional”. En este caso, Exteriores alegó motivos de seguridad, debido a los ataques que la Embajada española venía sufriendo por parte de elementos chavistas.

El artículo 120 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

El citado artículo de la Ley de Contratos del Sector Público establece que, desde que se adopta el acuerdo de formalizar el contrato mediante la declaración de emergencia, el Consejo de Ministros debe tomarla en consideración en el plazo máximo de un mes y los trabajos deben iniciarse en el mismo período.

Los documentos a los que ha tenido acceso OKDIARIO indican que el Ministerio de Asuntos Exteriores incumplió ambos requisitos, por lo que, de acuerdo con la Ley, debería haber rescindido el contrato adjudicado a la constructora venezolana y debería haber reiniciado todo el expediente, para licitar la obra esta vez mediante un concurso público, con libre concurrencia entre todas las empresas interesadas.

Exteriores tramitó la contratación de las obras en secreto, sin publicarla en el Boletín Oficial del Estado (BOE), hasta que La Moncloa informó, el pasado 9 de diciembre, de que el Consejo de Ministros había aprobado a petición del constructor una ampliación del presupuesto de la obra, hasta los 2.948.018 euros.

La resolución aprobada por el Consejo de Ministros, a propuesta de la titular de Exteriores, Arancha González Laya, señala literalmente que «el 19 de julio de 2019 se declaró la emergencia del expediente de contratación de obras, de la cual tomó razón el Consejo de Ministros con fecha de 23 de agosto de 2019» (es decir, 35 días más tarde, incumpliendo el plazo máximo de un mes previsto por la Ley).

La resolución aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 9 de diciembre señala que «el 19 de julio de 2019 se declaró la emergencia del expediente de contratación de obras».

Así lo recogió también la reseña del Consejo de Ministros publicada el pasado 9 de diciembre:

La nota informativa del Consejo de Ministros del pasado 9 de diciembre publicada por La Moncloa.

La disposición duodécima de la Ley de Contratos del Sector Público establece que el cómputo de todos sus plazos «se entenderán referidos en días naturales, salvo cuando en la misma se indique expresamente que sólo deben computarse los días hábiles».

La disposición duodécima de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

De acuerdo con este precepto, transcurrieron 35 días naturales desde que se aprobó la declaración de emergencia de la obra (19 de julio de 2019) hasta que el Consejo de Ministros tomó consideración de ella (23 de agosto de 2019). En consecuencia, el contrato adjudicado a dedo a la constructora Inversiones YC CA debería haber sido rescindido para sacar la obra a concurso.

Pero además, existen serias dudas de que el Ministerio de Asuntos Exteriores haya cumplido otro de los requisitos establecidos en el artículo 120 de la Ley de Contratos del Sector Público, según el cual las obras deben iniciarse en el plazo máximo de un mes desde la declaración de emergencia.

En la declaración de emergencia, se hizo constar que las obras se iniciarían el 23 de julio de 2019 y se prolongarían durante 10 meses, hasta el 23 de mayo de 2020. Para cumplir los trámites previstos en la Ley, el embajador Jesús Silva y el director de obra (el ingeniero Francisco Colet Cedeño) firmaron el 30 de julio de 2019 una primera “certificación de obra”, en la que constataban que los trabajos ejecutados hasta el momento tenían un valor de cero euros. Es decir, todavía no se había puesto ni un ladrillo.

El embajador Jesús Silva constató que todavía no se había ejecutado ningún trabajo, en la primera certificación de obra firmada el 30 de julio de 2019.

Tanto en esta certificación de obra, como en las posteriores, el embajador Jesús Silva hizo constar que la declaración de emergencia de los trabajos había sido aprobada el 11 de julio de 2019, por lo que no sería cierta la fecha del 19 de julio que aparece en la resolución aprobada por el Consejo de Ministros.

El arquitecto Eric Yáñez, actuando como administrador de la constructora Inversiones YC CA (que en otros casos aparece identificada como Inversiones YC2020 CA), remitió el 31 de octubre de 2019 una carta al embajador Jesús Silva, en la que pedía un anticipo de 527.437 dólares para seguir adelante con los trabajos.

La carta dirigida por el arquitecto Eric Yáñez al embajador Jesús Silva el 31 de octubre de 2019.

En su escrito Yáñez indica que el contrato para ejecutar la obra había sido suscrito el 16 de septiembre de 2019. Parece improbable que los trabajos comenzaran antes de firmar el contrato. En consecuencia, según este escrito, la obra se habría comenzado a ejecutar más de dos meses después de aprobar la declaración de emergencia, por lo que, también en este caso, el Ministerio de Asuntos Exteriores habría incumplido el artículo 120 de la Ley de Contratos del Sector Público. Todo ello obligaría al Gobierno a rescindir el contrato adjudicado a dedo a Inversiones YC CA, para sacar la obra a concurso.

La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, que depende del Ministerio de Hacienda, ha emitido una nota informativa en la que recuerda que los contratos adjudicados por la vía de emergencia deben ser publicados en el perfil del contratante de la Administración, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El Ministerio de Asuntos Exteriores también ha vulnerado este precepto, ya que un año y medio después de su formalización aún no ha publicado en ninguna de las tres plataformas el contrato de las obras de la nueva Embajada de España en Caracas.