Urkullu pagará 300 € por reunión más gastos a los expertos de la comisión que criminaliza a la Policía
El desarrollo de la ‘Ley de abusos policiales’ del País Vasco recoge que los expertos que forman parte de la llamada ‘Comisión de Valoración’ -el órgano que decidirá sobre la condición de víctima de abusos policiales sin necesidad de juicio-serán remunerados con 300 euros por reunión, además de los gastos que conlleve su asistencia a cada una de las sesiones.
Este martes, en pleno mes de agosto, el Gobierno vasco publicó en el Boletín Oficial la resolución del secretario general de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, Jonan Fernández, para someter a información pública «el proyecto de decreto» que desarrolla «el procedimiento para el reconocimiento y reparación de las víctimas de vulneraciones de derechos humanos, producidas en un contexto de violencia de motivación política».
Perfil político
El Ejecutivo de Íñigo Urkullu pretende anticiparse a la decisión del Constitucional y ha agilizado la tramitación de la Ley, que permitirá que un órgano de perfil eminentemente político, la citada comisión, determine la existencia o no de abusos por parte de funcionarios públicos, especialmente la Policía.
El texto sometido ahora a las alegaciones públicas, y al que ha tenido acceso OKDIARIO, establece, entre otros puntos, que «los miembros de la ‘Comisión de Valoración’ que no formen parte de la administración pública, tienen derecho a percibir una indemnización de 300 € por la participación de cada una de las sesiones formalmente convocadas». Para corroborar la asistencia, será necesario presentar un certificado expedido por el secretario del órgano, con el visto bueno del presidente.
Además, recibirán el importe correspondiente a los gastos de desplazamiento, «una vez verificadas las facturas correspondientes». El decreto informa también de que los gastos de transporte aéreo o marítimo se abonarán si residen fuera del País Vasco.
La citada comisión está compuesta por el director de Derechos Humanos del Gobierno Vasco, tres personas designadas por el titular de la Secretaría General o Viceconsejería competente en materia de derechos humanos, tres expertos en la materia designados por el Parlamento Vasco, dos peritos forenses y un psicólogo o psicóloga designados por el Instituto Vasco de Medicina Legal.
Recabar información policial y médica
Este órgano, muy cuestionado, podrá solicitar al Gobierno vasco y a otras administraciones públicas, entidades y órganos, públicos o privados,»antecedentes, datos o informes que pudieran resultar necesarios para la tramitación de los expedientes», de acuerdo a las leyes de protección de datos.
En este contexto, se indica, se podrán recabar «denuncias interpuestas, diligencias policiales, expedientes judiciales, informes médicos o, en su caso, de autopsia e información sobre el caso que pudiera existir en diferentes fuentes periodísticas, archivos, centros de documentación, o publicaciones».
Además, podrá «escuchar a la persona solicitante, mediante la realización de una entrevista que podrá ser grabada», así como recabar datos o informes de la Administración del País Vasco.
Compensaciones económicas
La declaración como víctima implicará «el derecho al reconocimiento público» de esa condición, así como «el derecho a la reparación», que comprende una compensación económica «y, cuando proceda, una asistencia sanitaria para superar los daños sufridos como consecuencia de las vulneraciones de derechos humano».
La Ley de abusos policiales pretende investigar, sin juicio, casos de presuntas vulneraciones de derechos humanos, bien sea con resultado de muerte, lesiones permanentes invalidantes o no, casos de maltrato grave y otros casos que se determine.
A la Comisión de Valoración le corresponde «valorar las solicitudes presentadas y proponer de forma motivada su inadmisión o, cuando proceda, la declaración de la condición de víctima, y en su caso, las medidas de reparación o la denegación de la solicitud presentada».
Sin juicio previo
En el texto se expone que «la vulneración de derechos se podrá acreditar, por cualquier medio de prueba admisible en derecho sin que sea preciso que haya existido un proceso judicial previo».
«En todo caso, para acreditar la vulneración de derechos humanos en un contexto de violencia de motivación política, no se podrá desconocer lo ya resuelto por la jurisdicción penal», se añade. Si las actuaciones no están prescritas, la Comisión deberá comunicarlo a los tribunales competentes.
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