El TJUE rechaza resolver por la vía rápida el segundo pulso entre jueces españoles y Pumpido
Luxemburgo posterga hasta 2026 ó 2027 una decisión clave sobre arbitraje comercial
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha rechazado tramitar por procedimiento acelerado la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sobre el control judicial de laudos arbitrales. Esta decisión prolonga hasta 2016 ó 2027 la resolución de un conflicto que enfrenta a la jurisdicción ordinaria con el Tribunal Constitucional, presidido por Cándido Conde-Pumpido. Los jueces españoles quieren que la última palabra sea de la Justicia europea, pero el ex fiscal general del Estado con el PSOE defiende al Constitucional.
La negativa del TJUE, comunicada mediante auto del 2 de septiembre de 2025 que desvela OKDIARIO, implica que el presidente del Constitucional se jubilará en diciembre o enero, sin conocer si la jurisprudencia europea avala su controvertida doctrina sobre el arbitraje.
El caso tiene su origen en la disputa entre Cabify España y Auro New Transport Concept por una cláusula contractual que prohibía a esta última operar sus licencias VTC a través de plataformas distintas de Cabify. Un tribunal arbitral anuló la cláusula por considerarla anticompetitiva, pero aplicó únicamente la legislación española y descartó el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
En octubre de 2021, el Tribunal Superior de Madrid anuló parcialmente el laudo arbitral. Los magistrados madrileños consideraron que los árbitros habían «descartado indebidamente, sin la debida justificación, la aplicación preferente del Derecho de la UE y de la doctrina del TJUE aplicable al caso».
Sin embargo, el Tribunal Constitucional revocó esta decisión en diciembre de 2024 mediante sentencia. Conde-Pumpido y su tribunal establecieron que los jueces sólo pueden ejercer un «control puramente formal o externo» sobre los laudos, sin poder «revisar su adecuación al Derecho aplicable».
La tensión institucional se ha intensificado con la cuestión prejudicial planteada el pasado marzo. El Tribunal Superior de Madrid considera que la doctrina constitucional compromete «la primacía, la unidad y la eficacia del Derecho de la Unión».
El TJUE deberá determinar si es compatible con el derecho europeo que los tribunales nacionales no puedan «revisar, con plenitud de jurisdicción y de acuerdo con la jurisprudencia del TJUE, la decisión de los árbitros de no aplicar el Derecho imperativo de la Unión».
Los magistrados madrileños argumentan que un control meramente externo deja «el principio de primacía del Derecho de la UE y el derecho a la tutela judicial efectiva de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en manos de quienes no tienen los medios para preservarlos».
El presidente del TJUE ha desestimado el procedimiento acelerado al considerar que «el interés general de las cuestiones planteadas no constituye en sí mismo una circunstancia excepcional». También ha rechazado que «el gran número de personas o de situaciones jurídicas potencialmente afectadas» justifique la urgencia.
Antecedentes europeos
La jurisprudencia del TJUE ha establecido previamente que el control judicial de laudos arbitrales «debe versar sobre si tales laudos respetan las disposiciones fundamentales de orden público de la Unión».
El caso ha generado un voto particular discrepante del presidente de la Sala Civil del Tribunal Superior de Madrid, Celso Rodríguez Padrón, el presidente precisamente del TSJM. Este magistrado considera que «sortear ahora el pronunciamiento del Tribunal Constitucional promoviendo la cuestión ante el Tribunal de Justicia de la Unión estimo que no se acomoda al inequívoco mandato» de acatar la jurisprudencia constitucional.
Procedimiento ordinario
Con el rechazo del procedimiento acelerado, el caso seguirá la tramitación ordinaria del TJUE. Esto incluye las alegaciones escritas de las partes y Estados miembros, posible vista oral y las conclusiones del Abogado General antes de la sentencia definitiva.
La decisión final podría llegar incluso en 2027, momento en que España tendría un nuevo presidente del Tribunal Constitucional. Esta circunstancia añade incertidumbre sobre cómo gestionará el alto tribunal español una eventual contradicción con la doctrina europea.
El conflicto trasciende el caso concreto y plantea cuestiones fundamentales sobre la relación entre el arbitraje comercial y la supremacía del derecho europeo. La resolución del TJUE marcará un precedente crucial para miles de procedimientos arbitrales que se desarrollan anualmente en el espacio judicial europeo.
La paradoja temporal convierte a Conde-Pumpido en el arquitecto de una doctrina cuya validación europea conocerá su sucesor, en un nuevo episodio de la compleja relación entre las jurisdicciones nacional y comunitaria.
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