Castilla-La Mancha

El Supremo confirma la condena al alcalde socialista de Valdepeñas por vulnerar los derechos de una concejal del PP

El Ayuntamiento tendrá que repetir el pleno en el que el socialista expulsó a una edil 'popular' con "evidente abuso de autoridad"

El PP también se queja de comentarios fuera de lugar del alcalde durante los plenos

El Supremo confirma la condena al alcalde socialista de Valdepeñas por vulnerar los derechos de una concejal del PP
Emiliano García Page y Jesús Martín. (EP)

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena al alcalde socialista de Valdepeñas (Ciudad Real), Jesús Martín, por la vulneración de los derechos políticos de una concejal del PP Cándida Tercero, a la que expulsó de un pleno municipal mientras ésta expresaba su opinión sobre la modificación de una ordenanza de tasas.

La sentencia alude a un conflicto que tuvo lugar el pasado 4 de noviembre de 2024. Entonces se estaba discutiendo un cambio en la norma sobre «prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de alcantarillado y depuración de aguas». Concretamente, se argumentaba que se realizaría una «adaptación de las tarifas al incremento interanual del IPC, tal como se viene realizando anualmente por la Corporación».

Durante el pleno, Tercero quiso expresar la posición del grupo popular. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, ahora confirmada por el Supremo, recogía que «por parte del alcalde no se dejó comenzar siquiera el discurso a la concejal, a fin de [que] pudiera argumentar la decisión final sobre la votación del punto del orden del día sometido a debate. «La expulsión de la recurrente se produjo con evidente abuso de autoridad», concluía el TSJCLM.

Por su parte, además de reprochar el comportamiento del alcalde del PSOE, la sentencia reconocía que a la concejal del PP «no se puede reprochar» que su intervención «no se estuviera ciñendo al punto del orden del día». «Aparentemente su intervención a priori sí se encaminaba a abordar el punto debatido y sometido a la votación en la medida en que en los pocos segundos que se la dejó expresarse sin ser cortada», apostillaba el TSJCLM.

Sobre las quejas de la concejal del PP, la sentencia reconocía que «eran del todo punto pertinentes». «Consideramos que fue por parte del alcalde un uso arbitrario de las potestades que como tal tiene atribuidas para dirigir la sesión», subrayaba.

A ojos de los magistrados, «la expulsión de la concejal del pleno afecta al núcleo esencial del derecho de participación política amparado en el artículo 23 de la Constitución española». La Carta Magna reconoce que «los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal».

Medida «desproporcionada e inmotivada»

«Consideramos que se produce vulneración del mismo en tanto que la medida es desproporcionada e inmotivada al ir precedida de retiradas de la palabra y llamadas al orden del todo punto injustificadas», incidía.

La consecuencia de esta sentencia era la «nulidad de pleno derecho del pleno del Ayuntamiento», así como todas las decisiones posteriores a la expulsión de la concejala del PP.

La decisión obligaba al Ayuntamiento de Valdepeñas a la «convocatoria y celebración de Pleno Extraordinario con el único orden del día» en el que se incluiría la norma que estaba debatiéndose en esa jornada cuando se expulsó a la edil popular; la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por recogida de basuras, y por último, la modificación de la ordenanza del impuesto sobre bienes inmuebles.

El Supremo, en una sentencia fechada el pasado 8 de julio, ha inadmitido el recurso presentado por el Ayuntamiento y, por tanto, deja sin más recorrido jurídico al alcalde socialista, que tendrá que afrontar esta sentencia ya que se ha reconocido su firmeza.

El Alto Tribunal argumenta que «la sentencia recurrida establece que la posibilidad de intervenir en los debates es un instrumento esencial de la función representativa». Al «impedir la argumentación antes de que esta pudiera siquiera desarrollarse, el Alcalde impidió que las razones de la concejala fueran conocidas y valoradas por el resto del Pleno, vulnerando del ius in officium», abunda la sentencia.

«No se cuestiona ni la potestad de los alcaldes de dirección del orden de los plenos, ni el derecho de los concejales a ejercer sus funciones», aclara el Supremo. En su lugar, lo que estaba en juego era «cómo se ha ejercido esa potestad» y si «se impidió a la concejala el ejercicio de sus funciones representativas y de intervención». Algo que, finalmente, considera que queda probado en los hechos expuestos en el TSJCLM.

Apoyado por el PSOE de Page

Jesús Martín ha sido constantemente ensalzado por el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page. «Siempre será de los mejores alcaldes que ha tenido esta región. Es una referencia en muchos aspectos, con calidad humana y con categoría intelectual más que demostrada», aseguró Page del alcalde hace apenas un año.

Es más, pese a conocer ya la sentencia del TSJCLM, el barón socialista rogó al alcalde de Valdepeñas que volviera a presentarse, pese a que Martín ya había asegurado que no pretendía la reelección. Page lo justificó en su «amor a Valdepeñas y a su responsabilidad con el partido».

Ahora, el PP exige a los socialistas castellanomanchegos, una vez conocida la sentencia en firme del Supremo, que condenen públicamente a Martín y que renuncie formalmente a apoyar su candidatura para la reelección como alcalde de Valdepeñas. Por último, instan al PSOE de Page a explicar por qué se ha tolerado su conducta.

Y es que, los populares se quejan del comportamiento de Martín más allá de lo recogido en la sentencia. Entre otras cosas, lamentan diferentes palabras en pleno municipal del socialista, tales como: «Está usted como aquella de la Flora, que si entra chilla, si sale llora». Y también dijo: «No sé si su marido no le enseña o es que no es capaz de aprender». «Diga conmigo: no tengo ni puta idea de lo que es un contrato público», aseguró Jesús Martín.

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