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¿Pueden elegirme para juzgar a Begoña? Así se elige el jurado que podría juzgar a la mujer de Sánchez

En España, cualquier ciudadano mayor de edad con plena capacidad civil y penal puede ser llamado

El juez Peinado manda a Begoña Gómez al banquillo para un juicio con jurado popular

La mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez se enfrenta a un procedimiento con jurado popular. La resolución, fechada este martes 23 de septiembre de 2025, incluye también a Cristina Álvarez, asistente de Gómez, y Francisco Martín, delegado del Gobierno en Madrid, por presuntos delitos de malversación de caudales públicos.

En España, el sistema de jurado popular está diseñado para que ciudadanos corrientes puedan participar en juicios penales graves, como homicidios, asesinatos, delitos graves de violencia o corrupción. La idea es que la sociedad tenga una representación directa en la administración de justicia, pero no existe un mecanismo para elegir a quién quieres juzgar ni para «postularte» para casos específicos.

¿Cómo me pueden elegir para ir al juicio?

En España, cualquier ciudadano mayor de edad con plena capacidad civil y penal puede ser llamado a formar parte de un jurado popular. La selección se realiza mediante un sorteo aleatorio a partir del censo electoral de la provincia donde se celebra el proceso judicial. Esto asegura que la participación sea equitativa y que el jurado represente a la sociedad de manera imparcial.

Ser elegido no significa automáticamente que participarás en un juicio. Una vez notificado, cada ciudadano puede presentar motivos de excusa por razones justificadas, como enfermedad, viajes prolongados o situaciones personales que impidan cumplir con la función. Además, tanto la defensa como la acusación, bajo supervisión judicial, pueden recusar a ciertos miembros del jurado para garantizar que el proceso sea justo y objetivo.

¿Cuáles son los requisitos para asistir?

Para ser jurado, se deben cumplir ciertos requisitos:

En caso de que no te presentes a un juicio como jurado sin una causa justificada, puedes enfrentar sanciones económicas como multas de hasta 150 euros por la primera ausencia o multas progresivamente mayores (entre 600 y 1.500 euros) por faltar a la segunda citación, o hasta 5.000 euros si eres llamado como testigo. Además, se te puede sancionar por desacato o desobediencia grave y, aunque menos común, puede acarrear penas de cárcel.