Elecciones generales 2019

La Junta Electoral ordena a Podemos retirar de Facebook la propaganda del 10-N

Pablo Iglesias
El líder de Podemos, Pablo Iglesias, durante un acto de precampaña en Madrid. (Foto: Efe)

La Junta Electoral Central (JEC) le ha leído la cartilla a Podemos por adelantarse a la campaña electoral y le ordena retirar la propaganda del 10-N que ha insertado en Facebook.

La Junta ordena a Unidas Podemos que retire las inserciones publicitarias de la página de Facebook y le recuerda que no puede contratar este tipo de publicidad hasta el comienzo oficial de la campaña, el 1 de noviembre.

La JEC avisa a Podemos que le abrirá un expendiente sancionador si no cumple la orden o vuelve a insertar anuncios antes de esa fecha.

Fue uno de los acuerdos que la Junta adoptó en su reunión de ayer jueves, pero no ha informado del mismo hasta este viernes, una vez redactado y supervisado el texto.

Ciudadanos denunció a la JEC las inserciones publicitarias de Unidas Podemos en Facebook a pesar de que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) no lo permite.

El artículo 53 de la norma indica lo siguiente: «Desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales».

A raíz de la denuncia de Ciudadanos, la Junta comprobó que Unidas Podemos ha contratado una serie de inserciones en «las páginas de la sección de anuncios de Facebook».

Son anuncios, añade la JEC, que «expresan una petición directa del voto»; los cita textualmente: «Siempre ha habido que empujar para hacer realidad los avances que mejoran la vida de la gente. El 10N vuelve a decir que se puede» es uno de ellos.

Por esta razón, rechaza los argumentos de Unidas Podemos y destaca que en los mensajes hay «intención de persuadir al elector en orden a apoyar» a la formación de Pablo Iglesias.

Este tipo de publicidad en una página como la de Facebook resultaría «legítima» si se hiciera dentro del perfil o de la página del partido, pero no es el caso; es una «contratación comercial» contraria a la LOREG, advierte la Junta Electoral.

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