'Caso Begoña Gómez'

El juez acusa a Begoña de conductas propias de un régimen absolutista: «Habría que remontarse a Fernando VII»

Peinado la acusa de aprovecharse de ser "esposa de" para cometer tráfico de influencias

El juez acusa a Begoña de conductas propias de un régimen absolutista: «Habría que remontarse a Fernando VII»
Rosalina Moreno

El magistrado Juan Carlos Peinado acusa Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, de conductas propias de un régimen absolutista: «Habría que remontarse a Fernando VII». Así lo sentencia en la resolución en la que la procesa por cuatro delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado, malversación de caudales públicos y apropiación indebida.

Unos delitos por los que la mujer de Pedro Sánchez podría enfrentarse hasta a 15 años de cárcel.

Peinado se ha pronunciado así en el apartado en el que aborda el delito de tráfico de influencias. El magistrado señala que «por mucho que se busque en la jurisprudencia que analice o interprete este tipo penal contemplado en el denominado Código Penal de la democracia, aprobado por la ley Orgánica de 23 de noviembre de 1995, no podrá hallarse un supuesto de similares características», las conductas que «provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado».

Y añade que esto «obliga a tratar de analizar este tipo desde la perspectiva de una interpretación teleológica y hermenéutica de los citados artículos 428 y 429 del Código Penal». Es ahí donde indica que «quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII».

El rey Felón

Un rey que es considerado por los historiadores como uno de los peores reyes de la historia de España, frecuentemente denominado como «El rey felón» por sus constantes traiciones, autoritarismo y la gestión caótica que marcó su reinado. Pasó de ser conocido como «El Deseado» a «El rey felón», y su figura se asocia con el retroceso político y la inestabilidad.

Precisamente, el calificativo de «felón» también ha sido atribuido a Pedro Sánchez por parte de partidos de la oposición, acusándolo de traición y deslealtad institucional. Esta calificación se intensificó por sus pactos con los independentistas y la amnistía, una traición a España por siete votos.

Se aprovechó de ser «la mujer de»

El juez Peinado también acusa a Begoña Gómez en el auto en el que da por cerrada la instrucción de aprovecharse de ser «esposa de» para cometer tráfico de influencias, un delito tipificado en los artículos 428, 429 y 430 del Código Penal (CP).

Según explica el magistrado, los hechos indiciariamente atribuidos a la mujer de Sánchez «pueden incardinarse en el tipo penal establecido en el artículo 429 CP, ya que es una «particular que influye sobre autoridad o funcionario prevaliéndose de relación personal con el presidente del Gobierno, y de éste con el resto de la administración».

Y de esta forma se facilitó «el acceder, gracias a esa posición, a interlocuciones institucionalmente excepcionales y a que la sola condición de esposa de sirviera para influir, y todo ello con el añadido de haber realizado reuniones en la Moncloa».

El instructor sostiene que los hechos indiciariamente atribuidos a la investigada Begoña Gómez «pudieron suponer que desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto TSC, que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional».

En este sentido, enumera hasta 12 episodios para apuntalar dicho delito. Entre ellos, una reunión que la procesada mantuvo en el complejo Presidencial de la Moncloa con el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache, quien declaró que apenas la conocía por los medios y que sabía de ella porque era «la mujer del señor presidente del Gobierno». Begoña llegó a dirigir una cátedra en dicha universidad, pese a no estar licenciada.

También señala una frase que Juan Carlos Doadrio, vicerrector de Relaciones Institucionales de la Universidad Complutense, a quien, según declaró como testigo,  Goyaeche le transmitió que había que «crear una cátedra» para ella: «Me llamó y me dice que tengo que crear una cátedra para Begoña Gómez, la mujer del presidente».

Presión jerárquica

El juez apunta que la ocultación del rector a Juan Carlos Doadrio de esta reunión en la Moncloa «evidencia una presión, de naturaleza jerárquica».

Además, pone el foco en que al vicerrector «no le consta la existencia de otra cátedra en la que forme parte una persona sin título superior». El juez cree que «luego, observándose la irregularidad cometida, se subsanó administrativamente con la designación de otro profesor, en este caso ya titular, el profesor Ruano, cuya intervención en la Cátedra ha sido meramente institucional».

Otro de los indicios que observa sobre dicho delito es el no haberse localizado el currículo de la misma ni haberse comprobado el mismo, como indicó el testigo Juan Carlos Doadrio, que se limitó a cumplir lo indicado por el rector. Y la rapidez con la que fue tramitada la creación de la cátedra, que el propio Doadrio también resaltó.

Asimismo, alude a las cartas de apoyo a la UTE vinculada al empresario Juan Carlos Barrabés, también procesado en esta causa, que fueron firmadas en julio de 2020, «coincidiendo presuntamente con las reuniones de éste en la Moncloa y la visita del rector al Complejo del Palacio Presidencial de la Moncloa».

También coincidieron con que «Begoña Gómez ya había registrado como marca el nombre de TSC que luego tendría la cátedra». Y, según consta de la declaración del investigado Barrabés, «en esta reunión/es trataron de cuestiones académicas», y hubo unas cartas que «no fueron firmadas por el director del máster, sino por la investigada, como codirectora, sin que conste que hubiera reunión alguna en la UCM ni consentimiento del director para tal firma, ni se haya explicitado motivo alguno para la firma de la investigada y no del otro responsable».

El magistrado también alude a la secuencia del registro de la marca TSC y la participación de Barrabés en el diseño académico de la misma y el avance en la creación del software que presuntamente se apropió Begoña Gómez.

Medio de desarrollo profesional privado

Además, subraya que la cátedra «sirvió como medio de desarrollo profesional privado para la investigada, quien además recibió una remuneración por dicha actividad».

Igualmente, apunta el «uso continuo» de Cristina Álvarez en las gestiones del proyecto, «incluso mediante la remisión de correos electrónicos desde el correo institucional de la Presidencia del Gobierno». Álvarez es la asesora de La Moncloa que ayudó a la mujer del presidente del Gobierno en sus negocios y que también está procesada por los mismos cuatro delitos que Begoña Gómez.

El juez concluye que las resoluciones o decisiones que actualmente pueden individualizarse son, al menos indiciariamente «la creación y configuración de la cátedra en la UCM; la designación de su dirección funcional; la movilización de recursos universitarios y de interlocuciones institucionales para el proyecto; y las decisiones de apoyo o reconocimiento que reforzaron la posición de la UTE vinculada al investigado Juan Carlos Barrabés, pues tal apoyo se articuló en una carta emitida en el seno de la UCM, firmada por la investigada Begoña Gómez, que a estos efectos tiene la consideración de autoridad o funcionaria pública».

La Fiscalía Europea, por su parte, está investigando lo relativo al uso de
fondos europeos.

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