Igualdad tarda 2 años en corregir una chapuza legal que afecta a la difusión de datos de mujeres violadas
El Ministerio de Igualdad aprovecha la Ley de Paridad para corregir la Ley del 'sólo sí es sí'
El Ministerio de Igualdad ha tardado dos años en corregir un «error» en la conocida como Ley del sólo sí es sí que afectaba a la difusión de los datos personales de las mujeres víctimas de una agresión sexual. El Ejecutivo ha aprovechado la tramitación de la Ley de Paridad -que entró en vigor este jueves- para introducir la corrección por la puerta de atrás en la citada ley, aprobada ya en 2022.
En concreto, se ha modificado «el apartado cuatro de la disposición final primera» de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que, a su vez, modificaba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
En su primera versión, la Ley del sólo sí es sí figuraba así: «Queda prohibida, en todo caso, la divulgación o publicación de información relativa a la identidad de víctimas menores de edad, de víctimas con discapacidad necesitadas de especial protección y de las víctimas de los delitos de violencia sexual referidos en el artículo 3 de esta ley, así como de datos que puedan facilitar su identificación de forma directa o indirecta».
Con la referencia al «artículo 3 de esta ley» se remitía a la Ley de Enjuiciamiento Criminal pero no a la Ley del sólo sí es sí, como era intención del legislador. El artículo 3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no hace referencia alguna a las víctimas de los delitos sexuales.
Por ello, Igualdad ha tenido que corregir esa alusión para puntualizar: «Queda prohibida la divulgación o publicación de información relativa a la identidad de las víctimas de los delitos de violencia sexual referidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual».
En efecto, ese artículo 3 de la Ley del sólo sí es sí sí precisa la definición de víctimas de delitos sexuales.
Esta chapuza legislativa se une a otras cometidas por el mismo ministerio. En los últimos días ha sido especialmente polémico el «error técnico» que deja desprotegidos a los trabajadores que pidan acogerse al permiso de cinco días por cuidado de un familiar tras un accidente, enfermedad grave u hospitalización, o a quienes soliciten una adaptación de jornada con cambios de horarios, turnos o el teletrabajo para poder conciliar su vida laboral con la familiar.
Ese «error» se produjo porque al incluir a las víctimas de violencia sexual en los supuestos para declarar nulo un despido, Igualdad olvidó incluir también a las personas que se hayan acogido al nuevo permiso de «cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella».
Se da la circunstancia, además, de que el 75% de los trabajadores que podría ser despedido por la nueva Ley de Paridad, debido a ese «error» de Igualdad, son mujeres.
Víctimas de ETA
Este periódico ya informó en su día de otro «error» en las leyes del Gobierno que, en ese caso, afectaba a las víctimas de ETA.
En concreto, el Ministerio de Trabajo se olvidó de incluir a las víctimas de la banda terrorista entre los colectivos de «atención preferente» por el Servicio Público de Empleo Estatal. Para resolverlo, el PSOE tuvo que registrar una enmienda en la que afirmaba que esa «omisión» respondía a un «error material».
Varios ejemplos que reflejan la improvisación del Gobierno en materia legislativa.
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