"Memoria Democrática"

El Gobierno no exige acreditar el exilio en su plan de nacionalizaciones exprés ante el año electoral

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El Gobierno no exige acreditar el exilio en su plan de nacionalizaciones exprés ante el año electoral
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

El Gobierno se prepara para un aluvión de peticiones de nacionalización de los descendientes de emigrados durante la Guerra Civil y posterior dictadura. La ley de la llamada «Memoria Democrática» recoge varias vías para optar a esa condición, que ha generado una enorme expectativa en varios países. En algunos supuestos, los descendientes no habrán de acreditar el exilio, según se desprende de las instrucciones remitidas ya a los consulados para tramitar las solicitudes. En ellas, a las que ha tenido acceso OKDIARIO, se especifica que «se presumirá la condición de exiliado respecto a todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955». De esta forma, los hijos y nietos de los emigrados no tendrán que acreditar con pruebas el exilio de su familiar, al igual que ocurría con la ley aprobada por José Luis Rodríguez Zapatero.

Instrucción sobre el derecho de opción a la nacionalidad española.

Este requisito sí se exigirá, al contrario, para aquellos cuya salida de España se hubiera producido entre el 1 de enero de 1956 y el 28 de diciembre de 1978.

La norma -que fue aprobada gracias al decisivo apoyo de Bildu- habilita varios supuestos para obtener la nacionalidad. Así, podrán solicitarla «los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española». También «los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978» y «los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad» por la anterior Ley de Memoria Histórica. El Gobierno ha dado a estos descendientes un plazo de dos años para formalizar la petición de nacionalidad, que podría ampliarse uno más si el Consejo de Ministros así lo decide.

Avalancha

La secretaria de Estado de Asuntos Exteriores, Ángeles Moreno, confirmó la semana pasada en el Congreso de los Diputados que el Ministerio tiene prevista una avalancha de solicitudes y, por ello, se quiere ampliar el personal de los consulados que previsiblemente se verán más afectados. Todo, ante un inminente ciclo electoral en el que los socios de Gobierno, PSOE y Podemos, parten con unas expectativas claramente a la baja.

El Ministerio de Exteriores asegura en respuestas oficiales que no tienen informes con estimaciones del número de potenciales beneficiarios de esta medida, pero hay aproximaciones que hablan de hasta 250.000 personas, sobre todo, residentes en Cuba, México, Argentina y otros países latinoamericanos.

Promoción

Con vistas a acelerar las concesiones, el Gobierno ya se está reuniendo con los colectivos para explicarles cómo solicitar la nacionalidad. Hace unos días, la directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente, y miembros del Ministerio de Justicia mantuvieron un encuentro con representantes de organizaciones de descendientes de españoles. Algunas se mostraron críticas con la ley y presentaron a Justicia sus propuestas para ampliar los supuestos. Lamentan, por ejemplo, que la norma excluya a los hijos y nietos de aquellos españoles que sí conservaron la nacionalidad. También reclaman que se amplíe la «presunción de exilio» antes mencionada al período de 1956 a 1978.

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