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El Gobierno desobedece desde hace 6 meses al Supremo que le obliga a desvelar la deuda perdonada a Cuba y Venezuela

El Gobierno desobedece desde hace 6 meses al Supremo que le obliga a desvelar la deuda perdonada a Cuba y Venezuela
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el vicepresidente primero y ministro de Economía, Empresa y Comercio, Carlos Cuerpo

El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa se niega a ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo que le obliga a informar sobre cómo ha perdonado España la deuda de Cuba y Venezuela. Se trata de una pelea por la transparencia iniciada por OKDIARIO en 2021. Ahora, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno reconoce que carece de herramientas para forzar al departamento a cumplir el fallo.

La respuesta del Consejo ha llegado en un escrito fechado este 21 de octubre y firmado por el subdirector adjunto de Transparencia y Buen Gobierno. En él, el organismo ha confirmado que ha recibido una queja del abogado Guillermo Rocafort.

Se trata de la segunda vez que el solicitante ha alertado del incumplimiento. Según el propio Consejo, Rocafort ya lo comunicó «el pasado mes de junio», momento en que el organismo trasladó su petición al Ministerio.

El resultado de aquel traslado ha sido nulo. El Consejo ha admitido en su escrito que lo hizo «sin que por el momento hayamos tenido información alguna al respecto». Es decir, el Ministerio ni siquiera ha contestado al órgano de control.

El fallo en cuestión es la sentencia del Supremo del 4 de mayo de 2026. Han transcurrido, por tanto, más de seis meses sin que la Administración haya entregado la información ordenada.

Ley de Transparencia

El Consejo ha recordado al experto que su capacidad de actuación termina donde empieza la de los jueces. Para ello ha citado la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Ese precepto establece que «la potestad de hacer ejecutar las sentencias y demás títulos ejecutivos adoptados en el proceso corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales de este orden jurisdiccional». Su ejercicio, añade la norma, «compete al que haya conocido del asunto en primera o única instancia».

La conclusión del organismo ha sido tajante: «Este Consejo no tiene la potestad para obligar al Ministerio a cumplir con lo establecido en una sentencia judicial». La vía que le queda al solicitante pasa, por tanto, por pedir la ejecución forzosa ante el tribunal competente.

La situación evidencia la contumacia del Ministerio, que ha mantenido su negativa a lo largo de cinco años pese a haber perdido el pleito en la última instancia judicial.

Deuda de Cuba

El origen del caso se remonta a julio de 2021. Fue entonces cuando se presentó una solicitud al amparo de la Ley de Transparencia para conocer los detalles de las condonaciones y reestructuraciones de deuda pactadas con ambos países.

El Consejo de Transparencia estimó en 2022 la reclamación presentada por Rocafort y ordenó al Ministerio entregar los informes y expedientes sobre condonaciones y reestructuraciones, con el detalle de quitas y ampliaciones de plazos, además de las peticiones de Cuba y Venezuela, las reuniones con autoridades españolas y sus actas.

El departamento lo dirigía entonces Nadia Calviño. Meses después, el Gobierno recurrió judicialmente la resolución del Consejo. El litigio ha recorrido desde entonces varias instancias.

El Ejecutivo llevó el asunto en apelación a la Audiencia Nacional, que anuló tanto la sentencia recurrida como la resolución del Consejo de Transparencia. El Consejo no se resignó y acudió al Supremo.

El alto tribunal estimó parcialmente el recurso de casación del Consejo y anuló la sentencia de la Audiencia Nacional. Mantuvo protegidas las actas y deliberaciones internas del Club de París por razones de confidencialidad internacional, pero obligó al Ministerio a informar sobre las medidas concretas adoptadas por España respecto a la deuda de ambos países.

La clave del fallo fue la distinción entre la confidencialidad del foro multilateral del Club de París y la transparencia exigible a la Administración española. El Supremo subrayó que las leyes sobre acción exterior, gestión de la deuda externa y cooperación internacional incorporan la transparencia como principio rector.

Las cifras en juego no son menores. A cierre de 2020, Cuba debía a España 1.937 millones de euros, mientras que la deuda de Venezuela ascendía a 213,37 millones.

En diciembre de 2015, España firmó junto al Club de París un acuerdo de alivio de deuda con el Gobierno cubano. Precisamente sobre la aplicación de ese tipo de acuerdos versa la información que ahora sigue sin entregarse.

En el caso venezolano, el propio Gobierno ha asumido que Caracas no pagará su deuda tras más de dos décadas sin negociar, y ha reconocido que sus reclamaciones de cobro han sido desoídas.

Desde el inicio del conflicto los escritos han recordado que se trata de dinero público, un argumento que el Supremo ha terminado por respaldar en lo esencial.

El escrito del Consejo cierra, de momento, una puerta administrativa. Pero abre otra: la de los tribunales, únicos con autoridad para exigir al Ministerio que haga lo que ya le han ordenado.

Más de cinco años después de aquella primera solicitud, la transparencia sobre la deuda de Cuba y Venezuela ya tiene sentencia firme. Lo que todavía no tiene es respuesta.

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