La Fiscalía recurre el procesamiento de García Ortiz y carga contra el juez Hurtado: «No hay pruebas»
García Ortiz borró 5.877 mensajes de WhatsApp 14 días antes de que la Guardia Civil registrara su despacho
Está procesado por una presunta revelación de secretos contra Alberto González Amador, el novio de Isabel Díaz Ayuso
La Fiscalía ha recurrido la decisión del magistrado Ángel Hurtado de imputar al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, por revelación de secretos contra Alberto González Amador, el novio de Isabel Díaz Ayuso, al considerar que ha obviado circunstancias clave e inferido otras «sin sustrato probatorio», como las órdenes de Moncloa.
En un escrito, la teniente fiscal del Tribunal Supremo (TS), María Ángeles Sánchez Conde, ha recurrido la decisión de Hurtado acudiendo directamente a la Sala de Apelación, con lo que se salta la posible revisión del propio instructor, para pedir el archivo de la causa y la exoneración de los dos fiscales procesados.
La número dos de la Fiscalía alega que «el propio magistrado reconoce que con anterioridad a la presunta filtración del correo de 2 de febrero de 2024 por el fiscal general del Estado circulaba por los medios la existencia de un ofrecimiento de acuerdo por parte de González Amador de reconocer la comisión de dos delitos fiscales».
En este sentido, añade que los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil «también declararon que una pluralidad de personas conocían, con antelación a la presunta filtración del correo por el fiscal general del Estado, la existencia de ofrecimiento de acuerdo por parte de González Amador».
Sobre esto, incide en que varios periodistas testificaron que «poseían la información referida al correo de fecha 2 de febrero de 2024 con antelación a que el mismo fuese remitido al fiscal general del Estado». De hecho, acusa a Hurtado de usar un «argumento reduccionista» por deducir que las únicas «fuentes jurídicas» a las que hizo alusión la Cadena SER al informar del citado email la noche del 13 de marzo podían ser la Fiscalía o el abogado de González Amador, al que descartó en base al testimonio del propio letrado, Carlos Neira.
Cabe recordar que el fiscal general del Estado realizó un borrado a fondo de sus comunicaciones el 16 de octubre de 2024, dos semanas antes de que la Guardia Civil registrara el 30 de octubre su despacho en el marco de una investigación sobre filtraciones. Según reveló un detallado informe técnico de la Unidad Central Operativa (UCO), García Ortiz eliminó un total de 5.877 mensajes de WhatsApp en una operación que se llevó a cabo en dos fases 7 horas después de que el Supremo firmara el auto de imputación. El tribunal le imputó a las 8:29 de la mañana y borró los mensajes a las 15:01 horas.
Apunta a la Fiscalía Superior de Madrid
Sánchez Conde manifiesta que el correo fue «remitido también a la Abogacía del Estado, órgano jurídico, ese mismo día» y que la información era conocida también «por ejemplo», por la jefa de la Fiscalía Superior de Madrid, Almudena Lastra, «conocimiento que posibilitó que, con anterioridad a que los correos le fuesen remitidos al fiscal general del Estado, la misma le alertase de la información que estaba circulando» y que «ella sabía que era falsa».
Agentes de la UCO
A todo esto suma que los agentes de la UCO «reconocieron que no habían obtenido prueba alguna de que la filtración hubiese sido realizada por el fiscal general del Estado», así como que «tampoco existe prueba alguna del concierto» entre él y Rodríguez «para llevar a cabo dicha filtración».
Además de señalar lo que entiende como omisiones graves en el relato elaborado por Hurtado, Sánchez Conde le reprocha que hable de «indicaciones recibidas de Presidencia del Gobierno por el fiscal general del Estado» porque «se introduce ex novo», «sin ningún sustrato probatorio y con clara indefensión de los investigados».
Al hilo, recrimina a Hurtado que «ninguna prueba se ha propuesto para acreditar o desvirtuar tal extremo» y que «en ningún momento se haya preguntado a los investigados ni se les haya informado de tal imputación».
A juicio de Sánchez Conde, todo ello «vuelve a patentizar que la instrucción de la causa no se ha acomodado a las garantías procesales ni constitucionales que deben presidirla».
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