La Fiscalía pide al Supremo que ordene al Congreso la suspensión inmediata de los golpistas
El artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ya fue aplicado a algunos de los ahora parlamentarios cuando fueron elegidos como representantes en el Parlament, en los comicios autonómicos del 21 de diciembre de 2017.
Golpe de autoridad de la Justicia española ante la dilación que la presidencia del Congreso de los Diputados pretendía imponer en el proceso para la suspensión de los diputados presos.
La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que comunique a la Mesa del Congreso y a la del Senado que «deben proceder a la aplicación inmediata» del precepto legal que obliga a la suspensión de los presos del «procés», juzgados por un delito de rebelión, que han obtenido escaño.
El Ministerio Público quiere que el tribunal del «procés» impulse la aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que establece que cuando exista un procesamiento firme por delito de rebelión y se decrete la prisión provisional, el procesado que ostente un cargo público quede «automáticamente suspendido» de sus funciones.
Dos requisitos que concurren en este caso y que hacen, según la Fiscalía, que ambas cámaras tengan que «proceder a la ejecución sin más trámites de la medida de suspensión».
La Fiscalía ha remitido este escrito un día después de que Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva, todos ellos en prisión preventiva, adquiriesen la condición de parlamentarios, y antes de que se convoquen las mesas de ambas cámaras para analizar si procede la suspensión.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a suspender «automáticamente» al cargo púbico procesado en firme por un delito de rebelión
En su escrito, los fiscales aluden a un auto del juez instructor, Pablo Llarena, en el que indicaba que el citado artículo de la Lecrim persigue «preservar el orden constitucional impidiendo que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática (…) puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad» cuando concurren los elementos que justifican la prisión.
Precisamente, el pasado viernes el Supremo remitió un oficio a las mesas de las cámaras acompañado del auto en el que autorizaba a los cinco presos preventivos a acudir a las Cortes a adquirir la condición de parlamentarios «a los efectos procedentes», es decir, para que los letrados de las cámaras analicen si procede suspenderlos.
Fuentes jurídicas consultadas por Efe indican que son las cámaras las competentes para tomar esta decisión dado que sus reglamentos contemplan la suspensión automática en el caso del Congreso, y por mayoría absoluta en el del Senado, eso sí, una vez concedido el suplicatorio, algo que el Supremo rechazó solicitar.
A la espera de que se reúnan las mesas, tres partidos, PP, Ciudadanos y Vox, han registrado distintos escritos en los que instan a la suspensión inmediata de los parlamentarios.
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