Tribunal Supremo

La defensa de Torra acusa a los jueces de prevaricar: «La sentencia estaba puesta de antemano»

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Pere Aragonés (ERC) y Quim Torra, ex presidente de la Generalitat.

El todavía presidente de la Generalitat Quim Torra ha acudido esta mañana rodeado de los suyos a presenciar, como público, la defensa del recurso de casación presentado por su abogado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Torra se enfrenta a año y medio de inhabilitacion , así como al pago de una multa de 30.000 euros, por un delito de desobediencia por negarse a quitar una pancarta del balcón de la Generalitat en plena campaña electoral, pese a que la Junta Electoral Central (JEC) le había ordenado lo contrario.

Su defensa no ha dudado en decir que «la sentencia estaba puesta con anterioridad, que el TSJ catalán no han sido imparciales», en un giro radical, su defensa ha presentado al condenado como una víctima del sistema, algo que tanto la fiscal como la acusación popular han echado por tierra.

La sala ha otorgado un tiempo limitado a las partes para hablar de los puntos casacionales, evitando así que se organice el circo que pretendía el independentismo catalán. Un independentismo que ha acompañado a su líder hasta el Supremo. La sala que ha revisado el recurso está formada por los magistrados Vicente Magro, Susana Polo, Juan Ramón Berdugo, Andrés Martínez Arrieta y Antonio del Moral. Martínez Arrieta ha ejercido como presidente. Quim Torra ha llegado acompañado de Meritxel Budó, consejera de Presidencia y Pere Aragonés, vicepresidente del Gobierno Catalán.

Tras acabar la sesión, los magistrados se han reunido para deliberar, pero debido a que no solo entraba en sala lo de Torra, se ha decidido aplazar la deliberación hasta mañana, cuando los jueces continuaron poniendo en común sus puntos de vista.

La defensa

El primero en hablar ha sido el letrado defensor del presidente Torra, Gonzalo Boye. En su intervención, Bolle ha hecho énfasis los magistrados que juzgaron a Quim Torra no eran imparciales. Ha aseverado, que «esto viene de tres palabras en una pancarta, era una crítica, era una crítica ‘libertad presos políticos’ y era para los magistrados de esta sala que participaron en ese juicio. Entendemos que existió una vulneración al juez natural. Parte de una denuncia de la Junta Electoral. Una de esas personas trabajaba por la mañana en la JEC y por la tarde para uno de los partidos denunciantes, Ciudadanos. No eran actos administrativos, eran actos políticos».

Bolle ha arremetido contra el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), y contra todo el tribunal sentenciador. Así ha dicho que «existió una falta imparcialidad tribunal sentenciador, el presidente de la sala tuvo actuaciones claras sobre todos los elementos penales por los que se sentenció en una especie de circo pobre. Son dos sombreros en una sola cabeza y es inescindible. Otro magistrado hizo una crítica tan feroz como la de la pancarta. No se daban las garantías. Estamos aquí porque creemos que van a actuar conforme a derecho en contra de quienes dicen que ya lo tienen decidido. Aquí están en juego los derechos de participación democrática que no ha tenido el señor Torra».

Tras hablar del tribunal, Bolle entró a valorar la sentencia. Ha dicho que, «basta leer la sentencia para ver que no hay una mínima motivación. Era una clara confrontación de derechos y pusimos sobre la mesa un tema de debate muy importante, el tribunal no es que no nos haya dado la razón, es que ni entraron».

Tras hablar del tribunal y la sentencia, ha sido el turno de la Junta Electoral Central (JEC). Sobre ella ha esgrimido que «no era quien para mandar sobre Quim Torra y no le era por lo que decía el TS en la Sala Tercera establece que pueden establecer una serie de competencias pero sobre funcionarios ajenos al proceso electoral. La JEC ni era superior, ni era competente, claro que no se le antojó a Torra, lo hizo porque lo ha establecido el TS. El solo hecho de la discrepancia jurídica excluye el dolo. Omiten hablar de eso porque el fallo estaba ya puesto, no eran imparciales. La orden no se podía cumplir porque no eran superiores ni competentes desde la JEC».

Por último, en un arranque que ha sorprendido, ha hablado de la ex portavoz del PP Cayetana Álvarez de Toledo. Así, se ha referido a la popular diciendo: «Aquí nos va a tocar defender a Álvarez de Toledo que dijo unas durísimas palabras contra el padre del vicepresidente, y no ha pasado nada porque la inviolabilidad le acompaña a las declaraciones en la calle y en las redes. Deben tener los dos el mismo trato. Nos alegramos de que ambos los tengan».

Y ha terminado su intervención diciendo que «existe una ausencia absoluta y radical de cualquier prueba sobre el dolo de la acción de mi detenido. No conozco ningún delito en el que al denunciante (un miembro de la JEC de Ciudadanos) no se le requiera a declarar, está en juego el derecho de participación política. Mi defendido claro que no cumplió la orden de la JEC, no debía hacerlo, está en juego todo el proceso electoral, hay derechos fundamentales en juego, tanto los de Quim Torra como los de toda la oposición. Tarde o temprano se reconocerá que tenemos razón. Pedimos una respuesta en derecho. Una sentencia es buena en la medida que resiste el paso del tiempo y el peso de los recursos».

Vox

Como acusación popular estaba la letrada Marta Castro del partido Vox. La abogada ha comenzado diciendo que: «Se están olvidando de cuestiones imprescindibles. Uno, el principio de legalidad, donde nadie está por encima de él, aunque se trate de llevar los aspectos a la política pero este no es el foro adecuado. Atendiendo a la Ley Electoral se cae todo lo dicho anteriormente. Todo lo que plantean está ya resuelto».

Sobre lo dicho por Boye, la letrada ha argumentado que, en periodo electoral «existen unas normas que cualquier persona que ostente un poder público debe atender, incluido Quim Torra, pero se lo quieren saltar y recusan cuando no están de acuerdo. El derecho de la Unión Europeo está ya integrado en nuestro ordenamiento. No hay necesidad de entrar a cuestiones prejudiciales. No hemos visto que haya ninguna discordancia. El principio de neutralidad es la causa de la sanción de la JEC, diferente es que el mismo hecho pueda tener dos caras, uno la falta de neutralidad y dos, la desatención de la orden de la JEC. Eso le mete de lleno en la cuestión penal».

Y ha señalado que, Torra a través de su portavoz «no solo reconoció que no iba a acatar, sino que ha hecho ostentación de que lo iba a repetir. Lo que es una aberración que se plantee porque no hay acreditación del dolor y por la libertad de expresión, porque se le ha llenado la boca diciendo que es un acto político. No se juzga eso sino que debía mantenerse neutral en periodo electoral, cosa que no hizo. No hay ninguna discriminación. Si es un acto político está infringiendo la neutralidad de los periodos electorales». Por último ha acusado a Torra de hacer marketing político.

Fiscalía

La Fiscalía, de la mano de Pilar Fernández Valcarce, ha pedido que se desestime el recurso. La fiscal ha dicho que sobre la cuestión de imparcialidad de los magistrados es inasumible, «pues se llega a afirmar que el instructor debía haber investigado la imparcialidad de los miembros de la JEC. Es un elemento demostrativo de la adopción que quieren hacer a su conveniencia. Es legítimo pero inasumible».

También ha explicado, que lo dicho por Boye respecto de que había interés directo en los jueces por unas manifestaciones del que luego fue presidente del TSJC: «No hay datos objetivos que permitan sustentar, más que en el ánimo del recurrente, que no hubo imparcialidad. La fiscal ha recordado que no es obligado admitir las cuestiones prejudiciales».

Sobre el mando que tenía la JEC, el Ministerio Público ha argumentado que, el recurrente ha dicho que la JEC no es competente para dictar órdenes ni es superior a Quim Torra, además de que afectaba a la libertad de expresión, política y de terceros. A su juicio, «todo esto lo hace obviando un dato esencial y es que las decisiones de la JEC lo son en el marco de un proceso electoral, proceso que se rige por la Ley de Régimen Electoral, que atribuye a la JEC la competencia para resolver las dudas y obliga a que se revise, neutralice y sanciones las actuaciones realizadas por el recurrente».

Con respecto a si es un órgano superior, «no hay nadie más superior que el presidente de la Generalitat. El criterio es unánime, que cuando el artículo 410 habla de autoridad superior, no es preciso que sea jerárquico, sino de la materia que trate: es decir, el cumplimiento es obligado».

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