El Constitucional tumba por unanimidad el recurso de Santos Cerdán para salir de la cárcel
No hay "especial trascendencia constitucional" y sus abogados no habían agotado la vía judicial previa
Santos Cerdán seguirá entre rejas. El Tribunal Constitucional ha inadmitido este lunes por unanimidad el recurso de amparo interpuesto por Santos Cerdán, ex secretario de Organización del PSOE, contra los autos que acordaron y confirmaron su prisión provisional. La decisión se ha adoptado «por falta de especial trascendencia constitucional», según ha informado este lunes la corte de garantías.
La Sección Segunda del alto tribunal ha rechazado la petición a propuesta del magistrado ponente José María Macías Castaño. Los magistrados han considerado que «el recurso no reviste la especial trascendencia constitucional alegada por el recurrente y exigida por la Ley».
El Constitucional ha argumentado que ya existe doctrina constitucional sobre la necesidad de motivar la concurrencia de los fines constitucionalmente legítimos para justificar una prisión provisional. También ha recordado la jurisprudencia sobre «la prohibición de utilizar esta medida con fines coactivos».
Además, la corte ha inadmitido parcialmente el recurso por falta de agotamiento de la vía judicial previa. Una de las vulneraciones alegadas, relativa al derecho a la defensa, no fue invocada «en tiempo y forma ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo» antes de presentar este recurso de amparo.
Santos Cerdán se encuentra en prisión provisional desde el pasado 30 de junio en la cárcel madrileña de Soto del Real. El magistrado instructor del caso Koldo en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, decretó su ingreso en prisión tras apreciar «indicios poderosos» sobre su «papel directivo» en la presunta trama de corrupción.
Petición de suspensión
La defensa del ex dirigente socialista había solicitado previamente al Tribunal Constitucional que suspendiera cautelarmente su prisión provisional «a la vista de la importancia de los derechos fundamentales en juego». Sus abogados, Benet Salellas y Jacobo Teijelo, alegaron vulneraciones de los derechos fundamentales a la libertad, a la integridad moral, a no confesarse culpable y de defensa.
En el recurso de amparo, la representación letrada destacaba que Cerdán había mostrado «en todo momento un comportamiento ejemplar» con la Justicia. Subrayaban que lo primero que hizo al conocer los indicios fue renunciar al acta de diputado, «facilitando su citación en calidad de investigado».
La defensa criticaba el trato diferenciado respecto al exministro José Luis Ábalos, quien «continúa ostentando responsabilidades públicas». Argumentaban que este comportamiento evidenciaba una actitud «del todo contraria a la tesis de la obstrucción del procedimiento».
El caso investiga una presunta trama de cobro de comisiones a cambio de adjudicación de obra pública durante la pandemia. El magistrado Puente ha mantenido la prisión provisional por riesgo de destrucción de pruebas, manipulación de testigos e incluso de mover posibles fondos ocultos, según documentó en sus resoluciones.
Los letrados de Cerdán habían cuestionado la prolongación de la medida cautelar, preguntándose si su cliente debía «agotar el período máximo de prisión provisional previsto simplemente porque no aparecerán nunca activos económicos ilícitos». También criticaron que el mantenimiento en prisión dependiera «únicamente de la pericia y de los medios que disponga la unidad investigadora de la Guardia Civil».
Esta inadmisión supone un revés judicial para el ex dirigente de Pedro Sánchez, que ve cerrada una vía de recurso que consideraba primordial para su situación procesal. La decisión del Constitucional deja en manos del Tribunal Supremo la resolución definitiva sobre su situación penitenciaria, en un caso que ha removido los cimientos del aparato organizativo del PSOE y cuyas ramificaciones continúan generando perturbaciones en el panorama político español.
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