Cartas Gobierno-Vaticano

Carmen Calvo, la reina de la opacidad: consigue anular resoluciones de Transparencia que no le gustan

Carmen Calvo en el Congreso del PSC. (Foto. PSOE)
Carmen Calvo en el Congreso del PSC. (Foto. PSOE)

El Ministerio de Presidencia, capitaneado por Carmen Calvo, ha llevado las resoluciones del Consejo de la Transparencia que no le gustaban a los tribunales de justicia y ha logrado anular las órdenes que no quería cumplir.

Un ciudadano pidió las cartas que intercambió el Gobierno de España con la Ciudad del Vaticano a raíz de la exhumación del dictador Francisco Franco. En este punto, aunque el Estado Pontificio ya había facilitado a la prensa estas misivas, el Ejecutivo español decidió negarse a entregar los documentos. Es decir, pese a que la información ya era pública, el Gobierno impuso un cerrojazo.

Tras ello, el Consejo de la Transparencia y el Buen Gobierno (CTBG) dictó varias resoluciones en las que instaba al departamento de Carmen Calvo a enviar las cartas en un plazo de 10 días. De esa forma, estimaba las reclamaciones del peticionario.

Lejos de cumplir con la orden de este órgano que vela por el cumplimiento de la Ley de Transparencia, Carmen Calvo decidió interponer un recurso contencioso-administrativo para impugnar la resolución. En lugar de apostar por la transparencia, la ministra apostó por la opacidad total.

Pues bien, el pasado viernes, tal como adelanta OKDIARIO, el juzgado Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 10 ha decidido estimar el recurso interpuesto por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad a través de la Abogacía del Estado.

De esta forma, el magistrado de la Audiencia Nacional Gregorio del Portillo García ha fallado en contra del Consejo de la Transparencia. «Anulo y dejo sin efecto, porque no es ajustada a derecho, la resolución dictada por el presidente del CTBG acordando ‘instar al Ministerio a que en el plazo máximo de 10 días hábiles remita al reclamante toda la correspondencia entre el Gobierno y el Vaticano relativa a la exhumación de Franco del Valle de los Caídos’ «, señala el juez en su sentencia de 17 páginas.

«Indudable interés»

Por su parte, el Consejo defiende que «estimó la petición de información, dado que no existe confidencialidad de la documentación solicitada, que ha sido previamente hecha pública por el Gobierno en declaraciones y que esa documentación tiene un indudable interés publico que hace decaer el limite invocado».

En esas cartas se trataban diversos aspectos vinculados de la exhumación de Franco, entre ellos la posición del prior de la Abadía del Valle de los Caídos y la respuesta a la misma. El Ministerio no dio los papeles requeridos por entender que podría poner en riesgo las relaciones exteriores con la Santa Sede. Todo ello a pesar de que ya era información difundida por el Vaticano y por los medios de comunicación.

Fuentes del Consejo de la Transparencia trasladan a OKDIARIO que están «estudiando recurrir los fallos judiciales». Apuntan que también han recibido otra sentencia judicial sobre este tema en el mismo sentido. En ese caso fue el Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 2. El magistrado Luis Manuel Ugarte Oterino zanja: «Declaro la nulidad de la resolución del CTBG, y condeno a la parte demandada sin realizar imposición de las costas del recurso». Contra ambas sentencias cabe interponer recurso de apelación, según indican los respectivos jueces.

Torra-Sánchez

Por otra parte, un caso similar son las cartas del presidente Pedro Sánchez con el catalán Quim Torra. El Consejo de la Transparencia estimó un reclamación de OKDIARIO en base a que muchas de estas cartas ya habían sido difundidas en los medios.

A diferencia de la correspondencia con la Santa Sede, en este asunto la Secretaría de Sánchez sí ha optado por la transparencia y ha remitido a este periódico las misivas sin recurrir a los tribunales. No obstante, apostillan en su respuesta: «La correspondencia entre el presidente de la Generalitat y el presidente no encaja en la definición de información pública de la Ley 19/2013, ya que no han sido elaborados en el ejercicio de sus funciones por esta Secretaría General. No obstante, la copia del documento íntegro de las cartas han sido publicados y resultan fácilmente accesibles a través de numerosos medios. En consecuencia se les facilita a efectos de satisfacer su petición».

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