España
LAS SENTENCIAS QUE NO ENCUENTRA ANA REDONDO (9)

La Audiencia de Almería revocó una condena de 9 meses de cárcel a un maltratador porque la pulsera no funcionó

La Audiencia Provincial de Almería exculpó a un hombre, previamente condenado a nueve meses de prisión por quebrantamiento continuado de condena, tras constatar que los informes del Centro Cometa, organismo responsable de las pulseras telemáticas, no registraban ninguna entrada en zona prohibida cuando supuestamente se habría personado en el domicilio de su ex pareja tal como ella denunciaba.

La sentencia, dictada el 16 de febrero de 2024, revoca completamente la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería y critica la ausencia de pruebas objetivas que corroboraran las manifestaciones de la denunciante.

El tribunal ha considerado que «de la prueba practicada no puede concluirse en la realidad de los hechos declarados probados». La resolución subraya que la falta de registro por parte del Centro Cometa del presunto acercamiento «debió generar cuando menos una duda sobre la credibilidad de la versión de la denunciante».

Los magistrados han destacado que, pese a que el control de la medida de alejamiento se verificaba mediante pulsera telemática, los informes remitidos por el Centro Cometa «evidencian varias entradas en la zona de exclusión por parte del acusado el día 24 de mayo, si bien la última de ellas termina a las 13:18 horas». No existe constancia alguna de acercamiento a las 15:00 horas, momento en que la denunciante la mujer afirmó que su ex pareja se había personado en su domicilio llegando «incluso a tocar el timbre».

La sentencia incial, dictada el 25 de mayo de 2023 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería, había condenado al sujeto como autor de un delito continuado de quebrantamiento de condena. La juzgadora consideró acreditados los hechos «en atención a la declaración de la perjudicada y al informe del Centro Cometa que consta en autos y que no fue impugnado por la defensa».

Sin embargo, la Audiencia Provincial ha examinado exhaustivamente dichos informes. Según consta en el sumario, el Centro Cometa remitió reiteradamente su informe sobre los quebrantamientos del 24 de mayo. Los magistrados señalan que en dichos informes no se evidencia «ninguna entrada en zona de exclusión a las 15 horas, tal y como se refleja en los hechos probados».

La Audiencia Provincial considera este dato objetivo crucial. El tribunal subraya que la denunciante sostuvo que «el día 24 de Mayo de 2021 sobre las 15:00 horas se personó en el domicilio de ella, llegando incluso a tocar el timbre, y ello a pesar de haber sido requerido por el Centro Cometa para que abandonara la zona de exclusión en la que se encontraba». Sin embargo, resulta contradictorio que el Centro Cometa hubiera requerido al investigado para abandonar una zona en la que, según sus propios registros técnicos, no se encontraba.

La sentencia resulta especialmente crítica con la fundamentación probatoria de la condena. Los magistrados consideran que se ha pretendido acreditar los hechos «por las meras manifestaciones de la denunciante», sin elementos corroboradores suficientes.

El control telemático mediante pulseras electrónicas se implantó en España como instrumento para garantizar el cumplimiento de medidas de alejamiento, especialmente en casos de violencia de género. Sin embargo, OKDIARIO desveló que se perdieron los datos tras un cambio de proveedor y que estos dispositivos han acumulado fallos continuos con falsas alarmas.

La Audiencia almeriense concluye en este caso que las pruebas son «insuficientes para justificar un pronunciamiento de condena». El tribunal aplica el principio de presunción de inocencia al considerar que no existen razones suficientes «para considerar debidamente probado el hecho constitutivo de la infracción penal».

Se trata de otro ejemplo de los muchos que está ofreciendo OKDIARIO sobre fallos en las pulseras que acaban beneficiando a los agresores y desprotegiendo a las víctimas. La ministra Ana Redondo asegura tras varias semanas de escándalo que no tiene las sentencias absolutorias o archivos provisionales o definitivos. Lo ha pedido a la Fiscalía General del Estado y al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) pero, por el momento, no han ofrecido información detallada de las sentencias controvertidas.