Warner Bros, NBC, Sony y Sky ofrecen a la CE correcciones para evitar una multa por posición dominante
Sony Pictures, Warner Bros, NBC Universal y Sky han ofrecido una serie de medidas correctivas a la Comisión Europea para evitar una multa por abuso de posición dominante en el marco del expediente abierto contra seis estudios cinematográficos de Hollywood por pactar restricciones a los clientes europeos de la cadena televisión fuera de Reino Unido e Irlanda
El Ejecutivo comunitario envió en julio de 2015 un pliego de cargos a Paramount Pictures, Disney, NBC Universal, Sony, Twentieth Century Fox y Warner Bros, además de a la cadena británica, en el que acusa a las compañías de pactar restricciones.
En concreto, la Comisión denuncia la ilegalidad de las cláusulas en los contratos entre la cadena y los estudios cinematográficos que establecen una «exclusividad territorial absoluta». De esta forma, Sky UK tiene prohibido permitir a sus clientes europeos de fuera de Reino Unido e Irlanda el acceso a los contenidos de pago que oferta en estos dos países.
Bruselas ya aceptó una serie de compromisos que presentó en su momento la productora Paramount Pictures y está estudiando unos compromisos similares que comunicó Disney en noviembre de este año.
Así, NBC Universal, Warner Bros y Sony Pictures han ofrecido a los servicios de Competencia de la Comisión Europea una serie de medidas correctoras que son «comparables» a las de Paramount y Disney.
En concreto, los tres estudios se han comprometido a no firmar contratos que prohíban o limiten la capacidad de televisiones de pago a las que ha vendido sus películas para responder a las peticiones de clientes del bloque comunitario que no habiten dentro de la zona en la que se ha concedido la licencia.
Además, han prometido que no recurrirán a los tribunales por violación de esas obligaciones impuestas a los operadores de radiodifusión en los contratos de cesión de licencias que ya han cerrado.
Por su parte, la cadena Sky se ha comprometido a no firmar en el futuro contratos que impedirían o limitarían su capacidad de ofrecer las películas de un determinado estudio a clientes de fuera del territorio cubierto por la licencia de explotación de las mismas. Tampoco podrá cerrar acuerdos que obliguen a estudios a limitar la capacidad de una cadena de televisión de fuera del territorio incluido en la licencia ofrecer las películas incluidas en el pacto.
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