El Tribunal Supremo obliga a las empresas a hacer esto con permisos retribuidos y así te afecta
El Tribunal Supremo ha dictado sentencia sobre los permisos retribuidos en las empresas
Los permisos retribuidos en las empresas se tendrán que disfrutar en días laborables y no en los naturales. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo, que ha ratificado una sentencia de la Audiencia Nacional con respecto a esta situación que afecta a los trabajadores en España. Los sindicatos habían solicitado en su día que se eliminara la referencia a días «naturales» y finalmente el Alto Tribunal les ha dado la razón. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la sentencia del Tribunal Supremo con los permisos retribuidos.
El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores hace mención a los permisos retribuidos y, pese a que no concreta de forma exacta cuándo se deben efectuar, el Tribunal Supremo se ha ceñido a la normativa europea y ha dejado claro en la n.º 1084/2025, de 13/11/2025; rec. 128/2024, publicada el pasado 13 de noviembre, que los trabajadores tendrán que disfrutar de estos permisos retribuidos en los días laborales.
Todo ello viene a colación de una demanda de los sindicatos contra el III Convenio Colectivo del contact center en el que se recogía que los permisos retribuidos por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar cercano se debían disfrutar en días «naturales». En enero de 2024 la Audiencia Nacional estimó la demanda y en el pasado mes de noviembre el Tribunal Supremo ha respaldado su decisión en una sentencia que sienta jurisprudencia para que se aplique a todos los sectores y todos los convenios colectivos.
El Tribunal Supremo y los permisos retribuidos
Desde la USO, uno de los sindicato que había solicitado que se eliminara la referencia de «días naturales», han dejado claro que esta es «una victoria sindical muy importante, tanto para el conjunto de las personas trabajadoras como para USO, que defendió la protección efectiva de los permisos retribuidos como un elemento clave para avanzar en conciliación».
Estos sindicatos alegaron en su día que obligar a los trabajadores a tomarse los permisos retribuidos en días naturales era contrario a la normativa de la Unión Europea, a lo que establece el Estatuto de los Trabajadores y a la abundante jurisprudencia que hay sobre este tema. Por ello, el Tribunal Supremo ha entendido que estos permisos tienen sentido en los casos en los que el trabajador deje de acudir a su puesto de trabajo.
En la sentencia que recoge EFE, el Tribunal Supremo deja claro que «sólo es concebible si se proyecta sobre un período de tiempo en el que existe obligación de trabajar, pues de lo contrario carecería de sentido que su principal efecto fuese ausentarse del trabajo». Así que por ello se considera que estos permisos retribuidos de hasta cinco días se tengan que disfrutar en los días laborables.
Desde USO también celebran que esta sentencia del Tribunal Supremo «establece un criterio inequívoco que refuerza la seguridad jurídica, consolida la jurisprudencia y fija la interpretación del artículo 37.3 tras la transposición de la Directiva europea». «Además, blinda un derecho mínimo esencial en todas las negociaciones colectivas y supone un avance significativo en igualdad y derechos laborales», celebran desde los sindicatos.
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