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Traspaso de fondos: cuando no pagar a Hacienda es legal

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Uno de los motivos más importantes que tienen los inversores españoles para optar por la adquisición de fondos de inversión es su especial fiscalidad. España es el único país de Europa en el que los partícipes no tienen que pagar nada a Hacienda cuando traspasan sus fondos, una ventaja única que muchos desconocen.

Una de las razones por las que Feelcapital sólo recomienda fondos traspasables –en España contamos con unos 27.500- es porque el sistema fiscal español permite las traspasabilidad entre fondos sin impuestos. Es decir, un inversor solo paga al fisco cuando realiza la venta de este producto financiero, pero no cuando los traspasa de uno a otro.

Cuando invertimos, por ejemplo, en acciones y queremos cambiarlas, estamos obligados a declarar el 21% de los beneficios en acciones y a pagar las comisiones que estipule nuestra entidad financiera por su venta y posterior compra.

En cambio, si traspasamos de un fondo a otro no tenemos que pagar por los beneficios hasta realizar la venta, por lo que podemos hacerlo cuantas veces queramos que no nos veremos obligados a pagar ni un euro a Hacienda. Nos llevamos la mochila fiscal, positiva o negativa, a donde hemos traspasado el fondo y de esta forma aplazamos la tributación hasta que más nos convenga. Eso sí, a la hora de vender, compensaremos todas las plusvalías realizadas durante el año con las minusvalías.

El traspaso de un fondo de origen a uno de destino se realiza de forma bastante sencilla y suele tardar unos ocho días hábiles si participan distintas entidades, y cinco si son fondos de la misma gestora o de la misma comercializadora.

Para hacerlo, es necesario identificar de forma clara el fondo de origen y solicitarlo en la entidad de destino. Esta se encarga de la comercialización o gestión del fondo en el que se desea realizar la inversión. La CNMV advierte que puede haber costes derivados de la comisión de reembolso de origen y/o de la suscripción de destino al realizar la operación, por lo que debemos informarnos previamente y tenerlo en cuenta antes de tomar ninguna decisión.

El regulador también nos recuerda que los traspasos se pueden realizar por la totalidad de la inversión o sólo por una parte de la misma,

¿Hay algún otro producto financiero con las ventajas fiscales que ofrecen los fondos de inversión traspasables? Rotundamente no, el producto más adecuado de inversión para el inversor minorista es el fondo traspasable, que está reconocido por la CNMV, el Banco de España y Hacienda.

Es cierto que hasta ahora los depósitos bancarios han sido los preferidos por las familias españolas para realizar sus inversiones, pero estos ya no están extratipados y probablemente en pocos meses costará dinero mantener estos depósitos en el banco tal y como están los tipos de interés. La alternativa es clara y puede ser más rentable, independientemente del perfil de riesgo del inversor: los fondos de inversión traspasables.

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