¿Tiene derecho mi empresa a recibir las ayudas directas del Gobierno?
El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este sábado el total de alrededor de cien actividades económicas diferentes que podrán acogerse al paquete de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial con la concesión de ayudas directas para empresas y autónomos afectados por los efectos derivados de la crisis del coronavirus.
Entre ellas destacan las actividades de la industria manufacturera relacionadas con el comercio y la hostelería; comercio al por mayor y minorista; sectores auxiliares al transporte; mantenimiento aeronáutico, y actividades relacionas con la cultura y las actividades deportivas.
Además, se incluye el transporte por taxi, la edición de periódicos, las actividades de los gimnasios, la reparación de relojes y joyería o las actividades de las agencias de viajes, la elaboración de helados o la fabricación de explosivos.
Para estos casos, la orden del Ministerio de Hacienda de desarrollo del presente real decreto-ley establecerá el criterio de distribución de la caída de la actividad entre los diferentes territorios en los que operen, atendiendo al peso de las retribuciones de trabajo personal satisfechas a los trabajadores con que cuenten en cada comunidad.
Ayudas de entre 3.000 y 200.000 euros
En concreto, los autónomos que tributan en módulos recibirán 3.000 euros y entre 4.000 y 200.000 euros el resto de autónomos y empresas, importes que podrán elevarse tanto en Canarias y Baleares, siempre dentro de los límites de ayudas de Estado fijados por Bruselas.
Las ayudas directas, que se podrán solicitar hasta el 31 de diciembre de este año, compensarán, como máximo, el 40% de la caída adicional de ingresos en el caso de micropymes y autónomos (hasta 10 empleados), y hasta un 20% para el resto de empresas.
En el caso de los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros que desarrollen su actividad económica en más de un territorio autonómico o en más de una ciudad autónoma, podrán participar en las convocatorias que se realicen en todos los territorios en los que operen de las ayudas directas.
Las comunidades autónomas recibirán la transferencia de las ayudas directas en un plazo máximo de un mes y diez días, previa firma de convenio, aunque está pendiente de publicación la orden que estipula el monto que le corresponderá a cada una de las regiones y que se aprobará en los próximos días.
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