Telefónica gana el juicio a Millicon por dar marcha atrás en la compra de su filial de Costa Rica en 2020
Telefónica gana la demanda que interpuso en Estados Unidos contra Millicom por cancelar la compra de su filial en Costa Rica por 500 millones en 2020


Telefónica ha ganado la demanda que interpuso en un juzgado de Nueva York contra Millicom por la decisión de la teleco de cancelar la compra de la filial de la española en Costa Rica en 2020 cuando ya tenía el visto bueno de todos los organismos de competencia del país, según ha adelantado la prensa local. Telefónica había pactado con Millicom la venta de esta filial por 500 millones de euros.
«El juez de la Corte Suprema de Nueva York, Andrew Borrok, emitió una orden el martes indicando que, según las condiciones de cierre acordadas del acuerdo, la transacción entre las partes ya estaba cerrada cuando Millicom intentó retirarse en 2020 después de que el precio de sus acciones se desplomara tras la pandemia de COVID», informan medios locales.
El juez ha señalado en su escrito que Telefónica tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios e intereses anticipados sobre el precio total del contrato desde la fecha de cierre del acuerdo hasta la fecha de la transacción de reemplazo, o el momento de la mitigación.
La orden del juez no especifica una cantidad de daños, pero un informe pericial que Telefónica presentó en apoyo de su demanda estimó los daños causados por Millicom en casi 140 millones de dólares.
El magistrado ha dado la razón a Telefónica pese a que Millicon defendía que todavía no se tenían todos los permisos de competencia de Costa Rica, y que por eso decidió dar marcha atrás en la transacción. En concreto, según Millicon faltaba una de las condiciones de cierre del acuerdo, la recepción de un «aval» de la Contraloría General de Costa Rica. Sin embargo, ese respaldo nunca llegó a concretarse y, por lo tanto, según Millicom, no incumplió el contrato.
Sin embargo, el juez señala que el acuerdo entre Telefónica y Millicom exige que las partes obtengan una «autorización» del contralor. Sin embargo, el magistrado Borrok señaló que cuando Telefónica y Millicom intentaron obtener la autorización, les informaron que un organismo distinto a la Contraloría otorga esa autorización.
«Por lo tanto, a la vista del [acuerdo de compra de acciones], no se requería ninguna autorización del contralor para consumar la transacción; el contralor no realiza ese acto», decía la orden, utilizando la palabra en español para autorización. «En la medida en que la Contraloría no otorgue la autorización, Millicom no tenía derecho a reclamar este acto como una condición de cierre que no ocurrió porque no se trata de una aprobación regulatoria de cierre que esté disponible o permitida por la ley aplicable», mantiene el juez.
«Millicom no podría entonces subvertir la conducta acordada por las partes al negarse unilateralmente a firmar un apéndice al [acuerdo de compra de acciones] y declarar el incumplimiento de la condición para evitar su obligación de cerrar… [y] hacer cumplir una fecha de finalización de mayo de 2020», añade el magistrado.