El Supremo avala pagar una indemnización menor por despido a los mayores de 60 años
El Tribunal Supremo no ve discriminatorio que una empresa acuerde con sus trabajadores pactar menor indemnización por despido para los mayores de 60 años, condiciones que considera «razonables y proporcionadas» ya que trabajadores de esa edad están más próximos a la jubilación.
En una sentencia fechada el pasado 24 de enero, la sala de lo social desestima el recurso contra un fallo de abril de 2021 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que daba la razón a Elcogás, Endesa Generación, Enel Spa, Hidroeléctrica del Cantábrico, Électricité de France Internacional e Iberdrola Generación, sobre despido.
El TSJ de Castilla-La Mancha consideró que tratar de forma diferente a los empleados en función de su edad «se encuentra objetivamente justificado en la desigual situación en la que quedan unos y otros trabajadores tras la extinción de sus contratos de trabajo», argumento que apoya el Supremo.
Además, destaca la Sala, el acuerdo establece para todos los afectados una indemnización superior a la prevista legalmente de 20 días por año de servicio, distinguiendo entre los menores de 60 años y los que tienen una edad superior, así como medidas de recolocación.
Para los menores de 60 años, se dispuso la indemnización correspondiente al despido improcedente, más una cantidad adicional de 14.500 euros cuando el salario fuera inferior a 50.000 euros brutos anuales; de 10.500 euros si era superior a esa cifra e inferior a 100.000 euros, y de 6.500 euros si no superaba los 150.000 euros. Quedaban sin indemnización únicamente aquellos cuyos salarios exceden de esta última cantidad, y para los de más de 60, las cantidades eran inferiores.
Para el Supremo, a los trabajadores de menor edad les resta «un recorrido profesional y vital más incierto, están todavía alejados de la pensión jubilación, y resulta objetivamente más difícil que las prestaciones de seguridad social que puedan percibir en el futuro alcancen hasta el momento de acceder a esa pensión», explica la sentencia. Por ello, «el sacrificio exigido a quienes están en una u otra franja de edad es razonable y proporcionado», añade el texto.
Lo último en Economía
-
El BBVA se hunde un 5% en Bolsa por los aranceles a México y se complica aún más la OPA a Sabadell
-
La AIReF constata que Sánchez sólo ha ejecutado la mitad de los fondos europeos como adelantó OKDIARIO
-
Ayuso anuncia ayudas de hasta 5.000 euros para negocios afectados por las obras de ampliación del Metro
-
La ‘cara B’ del paro de febrero: el desempleo juvenil sube un 3,5% y los sueldos reales bajan
-
DKV y AXA mantienen el silencio a pocas horas del fin de la licitación por Muface
Últimas noticias
-
Una banda de ladrones de Rivas asalta 18 casas de sus vecinos
-
Avance del capítulo de ‘Sueños de libertad’ de hoy: María, mareada tras su encuentro con la abortera
-
Alerta por lluvias en Valencia: la Generalitat advierte que lo peor se espera «para esta tarde y mañana»
-
El PSOE equipara a los extranjeros con los españoles «nacidos fuera de Cataluña» en su pacto con Junts
-
El hermano de Koldo carga contra Jésica ante el juez: «Mintió, no la contrate y no era su jefe»