El Supremo avala pagar una indemnización menor por despido a los mayores de 60 años
El Tribunal Supremo no ve discriminatorio que una empresa acuerde con sus trabajadores pactar menor indemnización por despido para los mayores de 60 años, condiciones que considera «razonables y proporcionadas» ya que trabajadores de esa edad están más próximos a la jubilación.
En una sentencia fechada el pasado 24 de enero, la sala de lo social desestima el recurso contra un fallo de abril de 2021 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que daba la razón a Elcogás, Endesa Generación, Enel Spa, Hidroeléctrica del Cantábrico, Électricité de France Internacional e Iberdrola Generación, sobre despido.
El TSJ de Castilla-La Mancha consideró que tratar de forma diferente a los empleados en función de su edad «se encuentra objetivamente justificado en la desigual situación en la que quedan unos y otros trabajadores tras la extinción de sus contratos de trabajo», argumento que apoya el Supremo.
Además, destaca la Sala, el acuerdo establece para todos los afectados una indemnización superior a la prevista legalmente de 20 días por año de servicio, distinguiendo entre los menores de 60 años y los que tienen una edad superior, así como medidas de recolocación.
Para los menores de 60 años, se dispuso la indemnización correspondiente al despido improcedente, más una cantidad adicional de 14.500 euros cuando el salario fuera inferior a 50.000 euros brutos anuales; de 10.500 euros si era superior a esa cifra e inferior a 100.000 euros, y de 6.500 euros si no superaba los 150.000 euros. Quedaban sin indemnización únicamente aquellos cuyos salarios exceden de esta última cantidad, y para los de más de 60, las cantidades eran inferiores.
Para el Supremo, a los trabajadores de menor edad les resta «un recorrido profesional y vital más incierto, están todavía alejados de la pensión jubilación, y resulta objetivamente más difícil que las prestaciones de seguridad social que puedan percibir en el futuro alcancen hasta el momento de acceder a esa pensión», explica la sentencia. Por ello, «el sacrificio exigido a quienes están en una u otra franja de edad es razonable y proporcionado», añade el texto.
Lo último en Economía
-
Oughourlian sigue la limpia de los críticos y se carga a Manuel Polanco del consejo de Prisa Media
-
Sara Aagesen niega «tajantemente» que el apagón «fuera un experimento del Gobierno»
-
Parece Mónaco pero está en Hispanoamérica: la joya para emigrar como jubilado español y vivir de lujo con 900€
-
El Ibex 35 cierra con una subida del 0,13% y salva los 14.200 puntos
-
Ni Madrid ni Valencia: ésta es la comunidad autónoma que sí tiene puente el 30 de mayo
Últimas noticias
-
Al menos cuatro heridos en un tiroteo en el centro comercial Brass Mill Center en Connecticut (EEUU)
-
Detenido el número 2 de Interior con Rajoy por una causa de blanqueo que investiga la Audiencia Nacional
-
El detalle de la camiseta de Alcaraz en Roland Garros que nadie vio venir y ha vuelto locos a todos
-
La Generalitat avisa: «Seguiremos defendiendo la constitucionalidad de la Ley de Concordia»
-
Lo que va a cobrar Lamine Yamal con su nuevo contrato con el Barcelona