Economía
Incapacidad permanente

Si tienes una pensión por incapacidad permanente, podrías perder un 20% en estas situaciones

Las dos situaciones claras en las que puedes perder hasta un 20% de la incapacidad permanente

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La pensión por incapacidad permanente es una prestación que resulta esencial para aquellas personas, que debido a una enfermedad o a un accidente, no pueden seguir trabajando. Su objetivo es de hecho, compensar la pérdida de ingresos resultante de esta situación, ofreciendo un apoyo económico adaptado a cada caso. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que, en determinados escenarios, esta cuantía puede verse reducida hasta en un 20%. Esta reducción, afecta específicamente al complemento de la incapacidad permanente total cualificada, y se aplica en dos situaciones muy concretas que a continuación, te explicamos.

La reducción de la pensión por incapacidad permanente puede generar dudas e incertidumbre entre quienes dependen de esta pensión para mantener su estabilidad económica. Por ello, es esencial comprender cómo funciona este complemento, qué situaciones provocan su pérdida y qué pasos se deben seguir en caso de que se produzca esta modificación. A continuación, explicaremos detalladamente las circunstancias que pueden llevar a esta reducción y cómo actuar en cada caso. Entender estos mecanismos es clave para planificar el futuro financiero con mayor seguridad. Conocer los requisitos y las condiciones establecidas por la Seguridad Social puede marcar la diferencia entre mantener el complemento del 20% o perderlo debido a situaciones que, en algunos casos, podrían evitarse con la información adecuada.

Cuándo puedes perder un 20% de la  pensión de incapacidad permanente

Lo primero que debemos hacer, es recordar que la pensión de incapacidad permanente puede concederse en diferentes grados: parcial, total, absoluta o gran invalidez. En el caso de la incapacidad permanente total, se otorga una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora. No obstante, existe una modalidad denominada incapacidad permanente total cualificada, que incrementa esta prestación hasta el 75% para aquellas personas mayores de 55 años que enfrentan dificultades para reincorporarse al mercado laboral.

Este complemento del 20% se concede bajo la premisa de que, con el paso de los años, resulta más complicado encontrar empleo, especialmente para quienes tienen limitaciones físicas o cognitivas derivadas de una incapacidad. Es un reconocimiento a la dificultad añadida que supone mantenerse activo laboralmente a medida que avanza la edad.

Sin embargo, la Seguridad Social establece dos escenarios específicos en los que este complemento puede desaparecer: cuando el beneficiario encuentra un nuevo empleo o cuando alcanza la edad de jubilación.

Pérdida del 20% por reincorporación laboral

Uno de los principales motivos por los que una persona con incapacidad permanente total cualificada puede perder el 20% adicional es al encontrar un empleo. Este complemento se concede como una ayuda ante la dificultad para acceder al mercado laboral, por lo que, al conseguir una nueva ocupación, su finalidad desaparece.

Es importante tener en cuenta que, si esto ocurre, el trabajador tiene la obligación de informar a la Seguridad Social sobre su nueva situación laboral. Una vez comunicado, la Administración evaluará si corresponde retirar el complemento. No obstante, si en el futuro la persona vuelve a quedar en situación de desempleo, podrá solicitar nuevamente la reactivación del incremento, siempre que continúe cumpliendo los requisitos exigidos.

Esta medida busca garantizar que el complemento del 20% se destine únicamente a quienes realmente lo necesitan, evitando su percepción en circunstancias en las que la persona ya ha logrado reincorporarse al mundo laboral.

Pérdida del 20% al alcanzar la edad de jubilación

Otro momento crítico en el que se pierde este complemento es al llegar a la edad ordinaria de jubilación. La normativa establece que, al alcanzar esta etapa, la pensión de incapacidad permanente se extingue y se sustituye automáticamente por la pensión de jubilación, siempre que ambas correspondan al mismo régimen de cotización.

Este cambio implica que el beneficiario deja de recibir el complemento del 20%, ya que la pensión de jubilación no contempla este tipo de incrementos. La lógica detrás de esta norma radica en que, al llegar a la edad de jubilación, la persona ya no necesita el incentivo para buscar empleo, al haber culminado su etapa activa en el mercado laboral.

Sin embargo, existe una excepción recogida en el artículo 163.1 de la Ley General de la Seguridad Social. Esta disposición permite al beneficiario solicitar mantener la pensión de incapacidad permanente en lugar de acceder a la de jubilación, siempre que esta última resulte menos beneficiosa económicamente. Es una medida poco frecuente, pero puede ser ventajosa en algunos casos, especialmente si la persona no ha alcanzado el periodo mínimo de cotización requerido para la pensión de jubilación.

¿Cómo actuar ante una posible pérdida del complemento del 20%?

Para evitar sorpresas y gestionar correctamente la pensión, es fundamental seguir algunos pasos esenciales:

La pensión por incapacidad permanente es una ayuda esencial para muchas personas que han visto afectada su capacidad laboral. Sin embargo, es importante comprender que ciertos complementos, como el 20% adicional por incapacidad permanente total cualificada, no son permanentes y pueden perderse en situaciones específicas. Volver a trabajar o alcanzar la edad de jubilación son las dos circunstancias que, según establece la Seguridad Social, conllevan la retirada de este incremento.

Estar informado y actuar con previsión es clave para gestionar esta prestación de manera efectiva y evitar contratiempos económicos. Al fin y al cabo, una pensión bien gestionada puede proporcionar la tranquilidad y el respaldo necesarios para afrontar el futuro con mayor seguridad.