Santalucía cuenta entre sus directivos con el ex número 2 del regulador del sector asegurador
Santalucía Seguros cuenta entre sus directivos con Fernando Moreno Gamazo, el número dos de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Ostenta desde febrero de 2016 el cargo de director de Supervisión y Gestión de Riesgo de compañía aseguradora. Lo curioso es que, antes de llegar a la compañía, era uno de los máximos responsables del organismo que debe controlar a todas las empresas del sector asegurador y que tiene la misión de velar por el buen funcionamiento del sector.
Moreno Gamazo tiene bajo su mandato los departamentos de Cumplimento Normativo y Revisión Actuarial, así como el de Gestión de Riesgos de Santalucía Seguros. Y, además, forma parte del Comité de Dirección de la empresa.
Santalucía anunció el fichaje de Moreno Gamazo con gran satisfacción. Andrés Romero, director general de la firma, declaraba que el objetivo era dotar a la compañía de “mecanismos internos de supervisión y control para una gestión sana y prudente”. Y añadía: “Garantizando el cumplimiento de las normas y estándares aseguradores, así como reforzar el rigor técnico y actuarial a todos los niveles, incluida la toma de decisiones”.
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones es un órgano que depende de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Es decir, con esta incorporación la compañía de seguros ha fichado a aquella persona que en el pasado tenía entre sus competencias el inspeccionar el correcto funcionamiento de Santalucía.
Un nombramiento que, aunque no es ilegal, es a todas luces un fichaje controvertido por su escaso decoro, poniendo de manifiesto que los saltos de los organismos públicos a la empresa privada (Y viceversa) están presentes en la compañía.
Actualmente, en España existe una ley de incompatibilidades (5/2006) regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado. Según la legislación vigente, los altos cargos que dejan la administración tienen un periodo de dos años en los que tienen algunos sectores y cargos del sector privado limitados. Además, deben abstenerse de realizar actividades que guarde relación con las responsabilidades ejercidas durante el cargo público.
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