Nuevo golpe para Hacienda: la Audiencia Nacional le obliga a pagar intereses a AstraZeneca
La Audiencia Nacional reconoce a AstraZeneca el derecho a cobrar los intereses del pago fraccionado de 2018
La Audiencia Nacional ha dado parcialmente la razón a AstraZeneca en su disputa con Hacienda y ha reconocido el derecho de la farmacéutica a cobrar los intereses derivados del primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades de 2018, calculado con una norma que posteriormente fue declarada inconstitucional.
En una sentencia dictada el pasado 11 de junio, el tribunal anula la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y los actos administrativos relacionados con ese pago fraccionado de 2018.
El conflicto comenzó después de que la Agencia Tributaria rechazara la solicitud de AstraZeneca para rectificar las autoliquidaciones de varios pagos fraccionados correspondientes a 2018 y 2019.
Origen del conflicto
La compañía sostenía que esos pagos se habían calculado aplicando el Real Decreto-ley 2/2016, cuya regulación sobre los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional.
Durante el procedimiento, la Abogacía del Estado aceptó parcialmente las pretensiones de la farmacéutica, aunque solo en lo relativo al primer pago fraccionado de 2018. Tras ese allanamiento, AstraZeneca retiró el resto de las reclamaciones que mantenía sobre otros pagos de 2018 y 2019.
Mirada puesta en los intereses
La Audiencia Nacional aplica la doctrina ya fijada por el Tribunal Supremo y reconoce que la compañía tiene derecho a cobrar los intereses de demora generados desde que realizó el ingreso indebido hasta que ese importe fue devuelto.
Además, establece que Hacienda también deberá abonar los intereses generados sobre esa cantidad hasta que se produzca el pago efectivo, aunque el importe principal ya hubiera sido devuelto previamente.
La sentencia desestima el resto de las pretensiones de AstraZeneca y no impone las costas del procedimiento al considerar que la actuación de la Administración fue acorde con la jurisprudencia vigente en cada momento.
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