Nueva normativa de ascensores obliga a reformas de 40.000 euros a las comunidades de vecinos: confirmado oficialmente por el BOE
La nueva normativa no obliga a cambiar todos los ascensores, pero sí a adaptarlos cuando no cumplan los nuevos estándares de seguridad
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Las reuniones de vecinos van a tener un nuevo asunto encima de la mesa en muchos edificios. Y el motivo no tiene que ver con una avería puntual ni una mejora estética, sino una actualización normativa que afecta directamente a los ascensores instalados en miles de inmuebles en España. El Real Decreto 355/2024, publicado en el BOE el 2 de abril, introduce una nueva instrucción técnica que obliga a revisar y, en su caso, adaptar determinados elementos de seguridad.
Según se explica en el Real decreto la medida busca modernizar el parque de ascensores y reducir incidentes. En la práctica, puede traducirse en inversiones relevantes para aquellas comunidades cuyos ascensores acumulen veinte o treinta años de antigüedad sin que durante ese tiempo se hayan hecho grandes reformas. Y es que no todos los edificios tendrán que hacer obras importantes, pero algunos sí podrían afrontar intervenciones que, en los escenarios que sean más complejos, se podrían acercar a los 40.000 euros.
Nueva normativa de ascensores obliga a reformas de 40.000 euros
España cuenta con uno de los mayores números de ascensores de Europa. Muchos funcionan correctamente desde hace décadas, pero fueron instalados bajo criterios técnicos que hoy han quedado superados. La nueva Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 actualiza esos estándares.
No se trata de sustituir todos los equipos, sino de adaptarlos cuando no cumplan ciertos requisitos. Por ejemplo, la cabina deberá detenerse completamente alineada con el suelo para evitar pequeños desniveles. También deberán incorporarse sistemas más avanzados en las puertas para impedir cierres bruscos o atrapamientos.
Otro punto clave es la comunicación desde el interior de la cabina. Si alguien queda atrapado, deberá poder contactar de forma directa con un servicio de asistencia. Además, el ascensor no podrá ponerse en marcha si supera el peso máximo permitido, y en algunos casos será necesario renovar componentes antiguos que ya no se consideran seguros. Son mejoras que, en muchos edificios modernos, ya existen, pero que pueden ser un problema, sobre todo por la inversión que conlleva, en aquellos edificios que son más antiguos.
La inspección marcará el calendario
La norma no obliga a hacer obras de inmediato tras su publicación en el BOE. El momento decisivo será la inspección periódica obligatoria que deben pasar los ascensores. Si en esa revisión se detectan incumplimientos respecto a los nuevos requisitos, la comunidad tendrá que actuar.
Dependiendo del tipo de deficiencia, .el plazo para realizar las mejoras podrá ir de tres a diez años Es decir, no se exigirá una adaptación urgente en todos los casos, pero sí quedará establecido un calendario. Esto significa que muchas comunidades tendrán tiempo para planificar la inversión, aunque también deberán asumir que tarde o temprano llegará el momento de actualizar el sistema.
Cuánto puede costar adaptarse
La factura dependerá del estado del ascensor. Si sólo es necesario instalar un sistema de comunicación bidireccional o sustituir sensores de puertas, el desembolso puede moverse en cifras relativamente moderadas, en torno a los 800 o 1.000 euros.
Sin embargo, cuando la intervención afecta a elementos estructurales como guías antiguas o sistemas de tracción, el presupuesto puede dispararse. En edificios con equipos muy antiguos, las empresas especializadas hablan de cifras que pueden alcanzar los 16.000 euros y, en los casos más complejos, aproximarse a los 40.000 euros. No es una cantidad habitual para todos los inmuebles, pero sí una posibilidad real en ascensores que no han sido modernizados desde que fueran instalados tal vez, hace décadas.
Quién debe pagar la reforma
Al tratarse de actuaciones vinculadas a la seguridad y habitabilidad del edificio, la Ley de Propiedad Horizontal establece que el coste corresponde a la comunidad de propietarios. Cada vecino deberá contribuir según su cuota de participación, salvo que los estatutos indiquen otra fórmula de reparto.
Esto implica que, una vez que la inspección determine la necesidad de adaptación, no será una decisión opcional. La comunidad tendrá que aprobar la derrama correspondiente. En edificios pequeños o con pocos propietarios, el impacto individual puede ser significativo, lo que explica la preocupación que empieza a surgir en algunas fincas con ascensores veteranos.
Un cambio progresivo, pero inevitable
La actualización normativa responde a una lógica preventiva. La mayoría de los ascensores antiguos funcionan sin incidentes graves, pero la normativa actual pretende reducir riesgos antes de que aparezcan problemas. Desde el punto de vista técnico, la modernización busca incorporar sistemas de detección y comunicación que hoy se consideran básicos. Desde el punto de vista económico, supone un esfuerzo adicional para muchas comunidades que no siempre tienen fondos suficientes en reserva.
En definitiva, el Real Decreto 355/2024 no obliga a cambiar todos los ascensores de inmediato, pero sí abre un proceso de revisión que afectará especialmente a los edificios más antiguos. La pregunta para muchas comunidades ya no es si habrá que adaptar el ascensor, sino cuándo llegará la inspección que marque el inicio de esa inversión.