Nueva edad de jubilación confirmada en España: el cambio que llega en unos meses
En el próximo año 2026 habrá más cambios en lo que respecta a la edad de jubilación
El año 2025 ha llegado con cambios en lo que respecta a la edad de jubilación y en el próximo 2026 se seguirán endureciendo los requisitos para acceder a la retirada con el 100% de la pensión. Todo hasta el año 2027, en el que se llegará a la edad de 67 a la que se jubilarán las personas que no cumplan con los requisitos de cotización en la vida laboral. Consulta en este artículo cuáles serán las condiciones que se pedirán en los próximos meses para acceder a la jubilación ordinaria en España recibiendo el 100% de la pensión.
La edad de jubilación en España viene aumentando de forma progresiva en los últimos años conforme a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, aprobada durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. El dirigente socialista sacó adelante en su día una polémica ley que ha marcado el futuro a largo plazo de un país con dificultades para poder sostener el sistema de pensiones.
Zapatero en su día llamó al aumento de la edad de jubilación «factores de flexibilidad razonables» y encomendó a los españoles «prolongar el tiempo de estancia en la vida laboral». El por entonces presidente del Gobierno definió la edad media de jubilación de 62,2 años como algo «no sostenible a largo plazo» y dejó claro que la reforma eran «sacrificios y esfuerzos para hoy», pero para mañana «confianza, prosperidad y empleo». «Si lo hacemos ahora, lo haremos progresivamente, sin que haya que tomar medidas más drásticas», dijo en su día para justificarse.
Estas medidas iban en la línea de las últimas decisiones del Gobierno de Sánchez, que pasan por mantener a la máxima gente en el mercado laboral para poder sostener el sistema de pensiones. Con la Seguridad Social alcanzando cada mes un gasto sin precedentes en pensiones contributivas y la generación del baby boom a punto de cumplir 65 años, la reserva de pensiones enfrentará un desafío en los próximos meses. Esta sostenibilidad pasa por retrasar la edad de llegada a la jubilación de muchos españoles y por ello se viene penalizando a los que opten por la jubilación anticipada involuntaria o voluntaria, además de bonificar a los que opten por retrasar la retirada.
Cambios en la edad de jubilación
Con esta intención se aprobó en su día la polémica ley de Zapatero que ha traído novedades en este 2025 con la edad de jubilación. Una persona que quiera retirarse con el 100% de la pensión a los 65 años tendrá que acreditar desde el 1 de enero 38 años y tres meses cotizados. Los que no cumplan con estos requisitos tendrán que esperar a los 66 años y ocho meses.
Estos requisitos mínimos aumentarán en el próximo año 2026; fecha en la que, si no llegan a los 38 años y tres meses, tendrán que esperar hasta los 66 años y 10 meses para acceder a la jubilación con el 100% de la pensión. De cara a 2027, los que no puedan acreditar una cotización mínima de 38 años y seis meses tendrán que esperar hasta los 67 años. Inicialmente, se espera que en un par de años se detenga el incremento gradual de la edad de jubilación, aunque será necesario aguardar las decisiones del Gobierno.
- 2025: 65 años (38 años y 3 meses o más) – 66 años y 8 meses.
- 2026: 65 años (38 años y 3 meses o más) – 66 años y 10 meses.
- 2027: 65 años (38 años y 6 meses o más) – 67 años.
Novedades con la jubilación demorada
El pasado 1 de abril entraron en vigor algunas medidas conforme al Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, que trae novedades en lo que se refiere a la jubilación demorada, parcial y activa. Todo con el objetivo de compaginar de la mejor forma posible la llegada a la jubilación y la actividad profesional. Con estas ‘mejoras’, desde el Gobierno se pretende animar a los españoles a que demoren la jubilación.
Por ello, el pasado mes de diciembre se aprobaron cambios en lo que respecta a la jubilación demorada, que permite aplazar la retirada a cambio de una serie de bonificaciones en la pensión. A diferencia de hace unos meses, a partir de ahora habrá un bonus de un 2% por cada seis meses de demora a partir del segundo año. Así que esto habrá que sumarlo al 4% que se ofrece al año y al «cheque» que se entrega de forma anual en virtud de la base reguladora. Estas son las dos opciones que se ofrecen, aunque también hay una opción mixta.
En este mes de abril también han llegado cambios con la jubilación activa, que permite compaginar pensión y el desarrollo de una actividad profesional. A partir de ahora no se pedirá una carrera de cotización completa y bastará con acreditar 15 años. También se les aplicarán los incentivos de demora. Por lo que respecta a la jubilación parcial, se permitirá compaginar una jornada parcial de trabajo con la pensión desde los 62 años, siempre y cuando se cumpla con los requisitos. También habrá mejoras para el contrato del relevista, que tendrá que ser completo e indefinido.
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