La Ley de Costas lo avala: multas de hasta 1.000 euros si pones una toalla o sombrilla en la playa para reservar sitio

Durante los meses de verano, millones de personas se desplazan a destinos costeros para disfrutar de unas merecidas vacaciones. Sin embargo, cada temporada se repite una escena que ya forma parte del paisaje de muchas playas y que popularmente se conoce como la «guerra de las sombrillas». Se trata de una práctica muy extendida que consiste en colocar sombrillas, sillas o toallas a primera hora de la mañana para conseguir un sitio en primera línea.
Esta especie de «reserva fantasma» ha provocado durante años numerosas quejas y conflictos entre los bañistas. Sin embargo, durante mucho tiempo, los ayuntamientos han encontrado dificultades para actuar contra este comportamiento debido a la ausencia de una regulación municipal suficientemente clara. Ahora, al amparo de la Ley de Costas, que establece que las playas forman parte del dominio público marítimo-terrestre, algunos consistorios pueden imponer sanciones de hasta 1.000 euros. Además, las autoridades locales pueden retirar o incluso confiscar los objetos utilizados para ocupar ese espacio.
Multas de hasta 1.000 euros por dejar la toalla en la playa
El artículo 31 de la Ley de Costas establece que «la utilización del dominio público marítimo-terrestre y, en todo caso, del mar y su ribera será libre, pública y gratuita para los usos comunes y acordes con la naturaleza de aquél, tales como pasear, estar, bañarse, navegar, embarcar y desembarcar, varar, pescar, coger plantas y mariscos y otros actos semejantes que no requieran obras e instalaciones de ningún tipo y que se realicen de acuerdo con las leyes y reglamentos o normas aprobadas conforme a esta Ley».
Las multas económicas no son iguales en toda España, puesto que su cuantía depende de las ordenanzas municipales que regulan el uso y disfrute de las playas en cada localidad. Las infracciones consideradas leves conllevan sanciones de entre 150 y 300 euros. Mientras, las infracciones graves pueden alcanzar los 1.000 euros y se suelen aplicar cuando los bañistas son reincidentes o muestran resistencia ante los agentes encargados de retirar los objetos abandonados.
En algunos municipios, además, está expresamente prohibido colocar sombrillas, toallas, sillas u otros objetos antes de las 8:00 o las 9:00 horas. Por otro lado, cuando los agentes encuentran durante el día sombrillas o pertenencias sin nadie que las esté utilizando, también pueden proceder a su retirada. Algunas ordenanzas establecen incluso un periodo máximo de abandono, que puede situarse en torno a las dos horas.
Cádiz
La ordenanza de playas de Cádiz establece que está prohibido abandonar cualquier tipo de enseres, incluidos elementos tan habituales como sombrillas, sillas o neveras. Asimismo, regula la instalación de carpas y jaimas en la arena. Para instalarlas es necesario contar con la correspondiente autorización y, en caso contrario, la conducta puede considerarse una infracción grave.
El ayuntamiento establece tres categorías diferentes de infracciones:
- Las infracciones leves conllevan multas de hasta 750 euros e incluyen acciones como abandonar artículos, residuos o plásticos en la playa, no utilizar correctamente los contenedores, pescar desde la orilla durante la temporada de baño fuera de los horarios autorizados, permanecer o bañarse en las zonas reservadas para la entrada y salida de embarcaciones, utilizar gel o champú en duchas y lavapiés, desperdiciar agua mediante juegos, realizar necesidades fisiológicas en el mar, utilizar altavoces causando molestias, practicar juegos de pelota en zonas no permitidas, realizar acampadas o instalar determinadas estructuras, bañarse cuando ondea la bandera roja o acceder a la playa de Cortadura atravesando el cordón dunar en lugar de utilizar los accesos habilitados.
- Por su parte, las infracciones graves se penalizan con multas de entre 751 y 1.500 euros. Dentro de esta categoría se encuentran conductas como realizar venta ambulante sin autorización, utilizar bengalas o material pirotécnico, desobedecer las indicaciones de la Policía Local, emplear recipientes de gas a presión o líquidos inflamables y cometer dos infracciones leves dentro de un mismo año.
- Las conductas consideradas muy graves pueden alcanzar multas de entre 1.501 y 3.000 euros. En este apartado se incluye la instalación de carpas, estructuras u otros elementos sin contar con la autorización correspondiente, la circulación de embarcaciones a menos de 200 metros de la costa y la reincidencia, cuando se cometen dos infracciones graves en un año o tres durante los últimos cuatro años.
Málaga
Por su parte, la Policía Local de Málaga ha intensificado la vigilancia de las playas desde primera hora de la mañana con un objetivo muy concreto: retirar sombrillas, sillas, toallas y otros objetos que permanecen abandonados durante largos periodos de tiempo sin que sus propietarios se encuentren en las inmediaciones. Los objetos retirados son trasladados al depósito municipal y, para recuperarlos, sus propietarios pueden tener que hacer frente a sanciones de hasta 300 euros.
La normativa no pretende sancionar las ausencias breves, como aquellas ocasiones en las que una persona se aleja momentáneamente para bañarse, dar un paseo, comprar algo o acudir a un chiringuito cercano, sino a quienes dejan sus pertenencias completamente desatendidas durante horas para reservar un sitio en la playa.