Un juez certifica que la empresa pública Tragsa pagó ilegalmente a liberados sindicales de UGT
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Los tribunales dictan una escandalosa sentencia que pone al descubierto una forma de financiación irregular del Grupo Tragsa al sindicato UGT, según la cual se pagaba el salario de varios liberados sindicales de UGT con dinero de esta empresa pública. El sindicato, de momento, guarda silencio.
La sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, sostiene que los trabajadores mantenían “una relación laboral con el sindicato”, pues tal y como ha quedado acreditado, «el demandante no prestó servicios para ninguna de las grandes empresas constructoras demandadas, aunque recibiera de ellas una retribución, y que los servicios efectivos los prestó en el Sindicato UGT desde el 1 de octubre de 1994, percibiendo por ello también unas cantidades en concepto de dietas que encubrían una retribución salarial, no habiendo formado parte de ningún comité de empresa ni ostentado cargo de representación sindical desde el 27 de junio de 1998, por lo que se estaría ante un supuesto de cesión ilegal de trabajadores”, recoge la sentencia.
Hablando en plata, el modus operandi del sindicato era dar de alta en el Grupo Tragsa a empleados que realmente trabajaban para UGT. De hecho, la sentencia explica que el trabajador “ciertamente no ha prestado servicios efectivos para ninguna de las empresas (…) pese a haber percibido de cada una de ellas una retribución que se denominaba salarial, y que esta contratación y retribución respondía a un acuerdo verbal existente entre esas empresas y las centrales sindicales más representativas para conceder una liberación permanente a una persona dada de alta formalmente en la empresa sin necesidad de que prestara servicios en la misma, ni que ostentara la condición de Delegado Sindical, y que se dedica en exclusividad a las actividades del Sindicato”.
De este modo, se puede afirmar que todos los españoles hemos estado pagando de nuestro bolsillo a trabajadores del sindicato, toda vez que el Grupo Tragsa forma parte del grupo de empresas de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), con lo que se trata de una empresa pública, que pagamos todos. La empresa, que lleva cuarenta años al servicio de las Administraciones Públicas, actúa sobre distintos sectores; desde la prestación de servicios agrícolas, forestales, ganaderos y desarrollo rural, hasta la conservación y protección medioambiental.
Así, los tribunales dan como hechos probados que “los actores han venido suscribiendo con la empresa demandada, distintos contratos temporales, algunos de ellos desde los años 80 del siglo pasado, otros desde los 90 y el resto ya en los años 2000”, que “todos los actores, a pesar de las distintas categorías que se fijaban en los contratos suscritos y de sus diversas antigüedades, han venido percibiendo un salario mensual idéntico de 2.272,51 euros, con prorrata de pagas”, pero que “ninguno de los actores ha prestado servicios en ningún momento para la empresa demandada, ni han seleccionado por ésta, ni han sido representantes de los trabajadores de la misma ni han sido elegidos por éstos para ningún cargo sindical”, de hecho, según la sentencia, “todos ellos han prestado servicios para el sindicato UGT con los cargos y responsabilidades que se detallan en el hecho probado vigésimo primero, en distintas provincias de España”.
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