Jueces del Supremo consideran que la sentencia de las hipotecas no acaba con la inseguridad jurídica
El fallo "pone en riesgo otros principios constitucionales, como el principio de igualdad ante la ley tributaria"
El Tribunal Supremo ha hecho pública la sentencia del pasado 6 de noviembre sobre el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Si hace tres semanas anunció que el fallo de la sentencia era revocar la decisión del Supremo del 16 de octubre en la que adjudicaba el pago del IAJD a la banca en la firma de hipotecas, este martes el Alto Tribunal ha dado a conocer las deliberaciones de los magistrados de la sala III o Contencioso-Administrativa.
Las deliberaciones, plasmadas en 185 páginas con varios votos particulares, muestran la enorme división del Pleno del Supremo, en un tema (el sujeto pasivo del IAJD) que de todas formas ha vivido numerosos desencuentros jurídicos en los últimos años. De entre los distintos votos particulares, destaca alguno como el de Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat, que considera que «la defectuosa técnica normativa utilizada por el legislador ha generado, por la incertidumbre jurídica creada entre los destinatarios de la norma, una erosión grave del principio de seguridad jurídica consagrado en el artículo 9.3 de la Constitución. Esta situación de inseguridad jurídica no se solventa de forma definitiva, cualquiera que sea el pronunciamiento que resuelva este recurso de casación, ya que el fallo eventualmente estimatorio o desestimatorio del recurso de casación puede poner en evidente riesgo otros principios constitucionales, como el principio de igualdad ante la ley tributaria y el principio de igualdad en la aplicación judicial del Derecho».
Es decir, ni siquiera tras el mes de enorme inseguridad, la inseguridad jurídica ha acabado. Esta predicción ha podido comprobarse en los últimos días, cuando ya se han vivido sentencias contradictorias para el IAJD y las hipotecas. Por ejemplo, Banco Santander ha perdido un pleito en Málaga donde un juez ha argumentado que el real decreto del Gobierno de Pedro Sánchez para adjudicar el pago del impuesto a la banca no contaba con una disposición transitoria que impidiera considerar que debe haber un pago retroactivo a las hipotecas de años anteriores.
Es por esta inseguridad jurídica que ahora mismo algunos bancos se encuentran todavía decidiendo que hacer con su oferta hipotecaria. Algunos, como CaixaBank, ya han presentado productos nuevos. Otros como Bankia prometen que no van a cambiar sus condiciones. Otros como Bankinter ya lo han hecho a algunos de sus clientes.
Evitar el «arbitrismo judicial»
La sentencia considera que cambiar las normas jurisprudenciales sin que se haya producido un cambio relevante normativo o fáctico puede provocar «arbitrismo judicial y que una eventual alteración coyuntural de la composición de un órgano judicial colegiado -como no es insólito que ocurra por diversas razones legales- conduzca a la modificación de la jurisprudencia. En tal sentido es aplicable la máxima del common law stare decisis et quieta non movere», es decir la tendencia a intentar que las decisiones judiciales sean previsibles.
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