El INSS va a regalar 5 años de cotización a todas estas personas: te podrás jubilar antes de tiempo
La Seguridad Social regala cinco años de cotización a los becarios que hicieron prácticas en su día
La Seguridad Social regala hasta cinco años de cotización a los alumnos que años atrás realizaron prácticas formativas. Desde el pasado 2 de agosto y según recoge el Boletín Oficial del Estado, los ciudadanos que cumplan con los requisitos podrán adherirse a un convenio especial para añadir hasta un máximo de 1.825 días de cotización. Los antiguos becarios tienen dos años para reclamar estos días extra de cotización que pueden ser indispensables para la futura jubilación. Consulta en este artículo los requisitos que tienes que cumplir para ganar cinco años de cotización extra.
Jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión íntegra cada año es más complicado en España conforme a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, aprobada en su día por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. En este año 2025, para acceder a la jubilación ordinaria con el 100% de la pensión, hay que tener una cotización de 38 años y tres meses en la vida laboral y los que no cumplan con las condiciones tendrán que esperar hasta los 66 años y ocho meses.
Llegar a la jubilación ordinaria en España cada año es más difícil; por ello, a muchos alumnos que en su día realizaron prácticas no formativas, no les vendrán mal estos cinco años de cotización extra que regala la Seguridad Social. Estos 1.825 días de cotización los podrán solicitar los becarios que tuvieron prácticas no remuneradas hasta el 1 de enero de 2024 y los que cobraron por estos servicios con fecha anterior al 1 de noviembre de 2011.
Hay que tener en cuenta que desde 2011 los alumnos en prácticas que recibían una remuneración ya cotizaban a la Seguridad Social. A partir de ahora, también lo podrán hacer los que no ingresen nada por su actividad profesional. Desde el 1 de enero de 2024, además de cotizar para la jubilación, los alumnos en prácticas también tienen derecho a bajas médicas y asistencia sanitaria.
Años de cotización extra para los becarios
«El Gobierno ha escuchado un clamor de muchos colectivos cuyo trabajo ha sido motor de progreso para nuestra sociedad durante años y ahora es el momento de devolver ese derecho», afirmó en su día la ministra de la Seguridad Social, Elma Saiz.
En la puesta en escena de estos años de cotización extra para los becarios, Saiz también dejó claro que era un día «importantísimo» y que esta era una medida que se comprometía con la «justicia social». «Ampliamos los derechos de los más jóvenes, de personas que se están incorporando ahora al mercado laboral, pero también reparamos los desequilibrios y abrimos la ventana a aquellos que no tuvieron esa opción en el pasado», afirmó en su día ante los medios de comunicación.
Así que los alumnos que realizaron prácticas no remuneradas antes del 1 de enero de 2024 y lo hicieron de forma remunerada antes del 1 de noviembre de 2011 podrán solicitar hasta cinco años de cotización previa para los que acojan a este convenio especial.
La base de cotización a la que se podrán acoger estos ex alumnos será la mínima por contingencias comunes del grupo 7, a la que se aplicará un coeficiente reductor de 0,77 euros. La cantidad total se podrá realizar en un pago único o de forma fraccionada hasta con un máximo de 84 mensualidades (7 años). El plazo para solicitar estos cinco años extra de cotización es de dos años a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, así que se podrá reclamar estos días de cotización hasta el próximo año 2026.
Según informa la Seguridad Social a través de su página web, para poder reclamar estos años de cotización, las prácticas deben ser:
- Realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad.
- Prácticas realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva, es decir, siempre que no tengan carácter laboral.
- Prácticas realizadas por alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
- Participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.
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