Hacienda pega el palo de nuevo: estos herederos tendrán que pagar sucesiones aunque renuncien
Los herederos que renuncien a una herencia en favor de un tercero no están exentos de pagar el impuesto sucesiones
Hacienda obliga a los herederos que renuncien a una herencia en favor de un tercero a pagar el impuesto de sucesiones. La Dirección General de Tributos, que es un órgano competente del ministerio que dirige María Jesús Montero, ha aclarado que estos ciudadanos tendrán que abonar una cantidad de dinero porque se entiende que antes ha habido una aceptación previa. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre las sucesiones y los herederos.
El Impuesto de Donaciones y Sucesiones se ha convertido en los últimos años en motivo de conflicto entre el Gobierno de Pedro Sánchez y las autonomías gobernadas por el Partido Popular. Mientras el PSOE y sus socios siguen intentando llevar a cabo la mayor recaudación posible a costa de los herederos, los populares, con Isabel Díaz Ayuso a la cabeza, abogan por aliviar la carga que esto supone para muchas familias en España.
La Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones establece que este gravamen sobre las herencias tiene que ser del 7,65% al 34%. Esta carga está derivada a las comunidades autónomas y, por ello, a pesar de la oposición del Gobierno, en las zonas de España en las que gobierna el Partido Popular, este impuesto de carácter simbólico, ya que está bonificado al 99% para los herederos del grupo I y II de parentesco.
La Madrid de Ayuso ha sido pionera en suprimir este impuesto de sucesiones a los herederos y por ello está bonificado al 99% para los hijos, nietos, cónyuge, padres, abuelos, adoptantes y adoptados. También será de carácter simbólico para los descendientes menores de 21 años del grupo I y los mayores de 21, cónyuges y ascendientes del grupo II.
A primeros de mayo, la Comunidad de Madrid anunció que será la primera en ampliar los beneficiarios entre hermanos, tíos y sobrinos. De esta manera, a partir de ahora, se elevará del 25% al 50% la bonificación para las operaciones entre hermanos y entre tíos y sobrinos por consanguinidad, y también a todo el grupo III de parentesco. Esta nueva rebaja fiscal beneficiará a alrededor de 14.000 ciudadanos que tendrán un ahorro total de 140 millones de euros. También se ha aprobado recientemente que se bonificará el 100% de las donaciones esporádicas entre particulares cuando no superen los 1.000 euros.
Los herederos que tendrán que pagar el impuesto de sucesiones
El Economista se ha hecho eco de una información de la Dirección General de Tributos (DGT) que afirma que los ciudadanos que renuncien a una herencia a favor de otro heredero tendrán que pagar el impuesto de sucesiones. El motivo que da este órgano competente del Ministerio de Hacienda es que, cuando se realiza esta renuncia en favor de un tercero, se considera que ha sido aceptada previamente. «Tanto desde el punto de vista civil como fiscal, la renuncia a la herencia en favor de una persona determinada supone, en general, su previa aceptación», dice la DGT, según recoge el citado medio.
La Dirección General de Tributos responde así a las dudas de un ciudadano que renunció al 25% de un piso que heredó en favor de uno de sus hermanos. «No tratándose la renuncia a la herencia a favor de su hermano de una renuncia pura, simple y gratuita, en la primera operación el consultante tributaría en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones», informa a través de su página web.
De esta manera, los herederos que renuncien a una herencia en favor de un tercero tendrían que hacer frente al impuesto de sucesiones, según confirma este órgano perteneciente al Ministerio de Hacienda. Después habría que dictaminar las cantidades teniendo en cuenta las bonificaciones que establecen las comunidades autónomas gobernadas por el Partido Popular para que este gravamen no suponga una carga para los herederos que no tienen recursos para sustentar esta carga al recibir una herencia.
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