se aprueba mañana en consejo de ministros

El Gobierno flexibiliza la prohibición de despedir en seis meses tras los ERTE

Imagen de la firma del acuerdo este lunes en Moncloa.
Imagen de la firma del acuerdo este lunes en Moncloa.

El Gobierno ha añadido una cláusula al acuerdo alcanzado el pasado jueves con los agentes sociales para prorrogar los ERTE hasta el 30 de junio, suscrito este lunes en Moncloa en un solemne y breve acto copado por el Ejecutivo. La cláusula flexibiliza la prohibición a las empresas de realizar despidos en los seis meses posteriores al ERTE.

Esa cláusula indica que «se valorará» bajo el foco de «las características específicas de los distintos sectores y la normativa laboral aplicable» la posibilidad de que se puedan hacer despidos, con lo que el Gobierno de PSOE y Podemos abre la mano a poder despedir. Es un pequeño triunfo para la patronal, CEOE, pero queda lejos de las pretensiones de los empresarios que auguran miles de quiebras y concursos de acreedores si les encarecen los ajustes de plantilla -el Gobierno obliga a que sean considerados improcedentes durante los seis meses siguientes al ERTE-.

Se especifica en el texto que este cómputo de seis meses empezará a contar desde la incorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el ERTE, aun cuando éste sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla.

La patronal ha valorado el acuerdo firmado este lunes en Moncloa, que será aprobado en el Consejo de Ministros del martes, pero ha pedido empezar inmediatamente a negociar las medidas que va a requerir cada sector específico de actividad a partir del 30 de junio, fecha hasta la que se ha prorrogado la validez de los ERTE por fuerza mayor.

En el acuerdo cerrado el jueves por la noche, la CEOE ya arrancó del Gobierno y los sindicatos que esa salvaguarda de los seis meses no se tuviera en cuenta para empresas que estuvieran en riesgo de concurso de acreedores. Ahora se añade un paso más en la dirección requerida por lo empresarios, pero sigue siendo el Gobierno quien decidirá si una empresa puede o no puede despedir de forma procedente en los seis meses posteriores al ERTE.

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