Economía
Crisis del coronavirus

El Gobierno se enfrenta a una decena de querellas de colectivos profesionales por su gestión de la crisis

El Gobierno de Pedro Sánchez tendrá que afrontar más de una decena de querellas de colectivos profesionales, sindicatos, abogados y partidos de la oposición por su gestión de la crisis sanitaria del coronavirus. Se avecina un complicado horizonte jurídico para el Ejecutivo en los próximos meses, tal vez años si se tiene en cuenta la diversidad de las vías abiertas, la tradicional burocracia y las distintas estrategias procesales.

Hasta la fecha, distintos colectivos de profesionales y de afectados han planeado más de una decena de acciones judiciales contra el Gobierno y otras administraciones en diferentes tribunales -las de las organizaciones profesionales son una decena-. Algunas ya se han iniciado, otras se han anunciado pero, previsiblemente, quedan por llegar nuevas demandas. Todas tienen un elemento común: pedir responsabilidad al gabinete de Pedro Sánchez por su gestión de la crisis del coronavirus. 

La vía penal ha sido la preferida por los demandantes, según las querellas y demandas a las que ha tenido acceso OKDIARIO. Existen diferentes estrategias pero también coincidencias. Por ejemplo, el delito de homicidio imprudente y el de lesiones es uno de los preferidos por los denunciantes o demandantes. Pero hay otras figuras delictivas con las que acusan a los miembros del Ejecutivo, que inciden en pedir responsabilidad por el delito contra la seguridad de los trabajadores recogido en el artículos 316 del Código Penal.

Por ejemplo, el Consejo General de Enfermería acusa al presidente del Gobierno y al ministro de Sanidad, así como a varios cargos de su departamento, de un delito contra la seguridad de los trabajadores e imprudencia grave con resultado de lesiones o muerte. Esta querella ha sido presentada en el Tribunal Supremo.

El Consejo General de Colegios de Médicos ha anunciado que se presentará como acusación particular por compras de material fraudulento y en os casos de contagios por el uso de mascarillas defectuosas. Asimismo, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) pide responsabilidades a Salvador Illa, titular de Sanidad, junto a otros cargos que consideran corresponsables, de poner en riesgo grave de salud al personal sanitario por la distribución de máscaras defectuosas. Esta querella también fue presentada en el Alto Tribunal.

También hay acusaciones contra el Gobierno por parte de colectivos que representan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Jucil y Jusapol han presentado una querella ante el Supremo al ministro de Sanidad y del Interior por delito grave de vulneración de la ley de prevención de riesgos laborales y homicidio por imprudencia grave.

También es muy significativa la denuncia presentada por el principal sindicato de funcionarios en España, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), que se ha querellado en la sala penal del Tribunal Supremo contra el ministro de Sanidad por delito de homicidio imprudente, lesiones e infracción de las normas de prevención laboral por no dotar de los medios de protección personal sanitario. Este sindicato también ha presentado una denuncia en los juzgados de instrucción de Valencia contra la consejera de Sanidad de la Comunidad Valenciana, que ha sido admitida por el juez según informó esta central sindical.

Pero hay más denuncias y querellas presentadas por diferentes colectivos: Abogados Cristianos se ha querellado contra todos los miembros del Gobierno por «omisión del deber del socorro y prevaricación en la gestión de la crisis sanitaria o Manos Limpias han apuntado contra el delegado del Gobierno de la Comunidad de Madrid por permitir la celebración de la manifestación del 8-M. Asimismo, han iniciado acciones legales la Asociación Consumidores y Usuarios José María Mena, el abogado Víctor Valladares, VOX, Lorente Abogados, Antonio Cortés Borges y la Plataforma el día después junto a once abogados de toda España.

Por otro lado, diversos despachos de abogados han presentado una demanda en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra los miembros del Consejo de Ministros pidiendo «responsabilidad patrimonial» de la administración por los daños causados en la salud de los ciudadanos tras la gestión de la crisis sanitaria, reclamando responsabilidad individual con el propio patrimonio de los miembros del Gobierno.

David Díaz Villasante, abogado especialista en Derecho Penal del despacho de abogados, Lawyou, explica a este periódico que «la clave para el recorrido de todo este frente jurídico en la vía penal residirá en la prueba de la relación de causalidad para apreciar los diferentes delitos que se han recogido en las diversas querellas y denuncias».

Cómo tendrá que justificarse que se cometió delito en los tribunales

Por ejemplo, detalla que en el caso del delito de homicidio imprudente y de lesiones por imprudencia «para relacionar a las autoridades sanitarias y miembros del Gobierno con estos delitos habrá que superar la barrera de la debida lex artis (las reglas técnicas a las que ha de ajustarse la actuación de un profesional sanitario) así como superar la adopción de los oportunos protocolos médicos de actuación de los sanitarios que trataron a los pacientes víctimas y probar que, cumplidos con los protocolos establecidos de manera adecuada con el diligente tratamiento de los profesionales de la sanidad, éstos protocolos de actuación finalmente no se pudieron cumplir o completar del todo habida cuenta que los profesionales no contaron con las condiciones sanitarias ni con el material curativo que necesitaban y no les fue proporcionado por las autoridades competentes». Se trata, precisa, de un «extenso debate de necesaria y compleja peritación que se dará llegado el momento».

En este sentido, dice este abogado penalista que tal relación de causalidad sería más fácil apreciarla en la esfera del delito por falta de prevención de riesgos laborales que se ha recogido en las querellas presentadas por el personal sanitario, debido a que la figura delictiva del artículo 316 del Código Penal castiga a quienes «con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses».

Otro delito que podría apreciarse por los tribunales sería, a su juicio, el de prevaricación administrativa por omisión, siendo atribuible a «las autoridades encargadas de velar por la seguridad de los eventos públicos cuya inacción a sabiendas del riesgo empeoró la situación generando miles de contagiados». «En el caso de las manifestaciones los delegados del Gobierno de cada región, aunque se podría ascender en la escala si se acredita que recibían órdenes de escalones más altos para no dictar las resoluciones preventivas de contención del virus mediante la prohibición de eventos de alto riesgo”, aclara.

Este abogado también cree que podría apreciarse el denominado dolo eventual», que implicaría que hubiera conocimiento de datos médicos pero que no se advirtiera a la población de los riesgos sanitarios. El dolo eventual supondría un «plus añadido» a la simple imprudencia o negligencia, según David Díaz.