Estas son las ayudas económicas que puedes pedir por el coronavirus
Millones de españoles, por no decir la mayoría, están sufriendo las consecuencias directas del coronavirus, especialmente en lo que se refiere a la economía. Por ello, el Gobierno de España ha ofrecido ciertas ayudas económicas a los españoles para superar este bache. ¿Cuáles son esas ayudas que se pueden solicitar?
Trabajadores infectados por el coronavirus
Los trabajadores que hayan sido infectados por el coronavirus y se encuentren en cuarentena tendrán una baja por enfermedad profesional, es decir, que cobrarán el 75% de la base reguladora desde el primer día de baja por enfermedad profesional.
Trabajadores con ERTE
Los trabajadores que se vean afectados por un ERTE (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo) recibirán una prestación por desempleo, tuviera o no tuviera derecho a ella. Cobrarán el 70% de la base reguladora durante el confinamiento. Además, los empresarios deberán mantener durante 6 meses a los trabajadores.
Autónomos
Los autónomos podrán obtener la prestación por cese de actividad, es decir, el paro, si atraviesan dificultades económicas a raíz de la expansión del coronavirus. Asimismo, los trabajadores autónomos que opten a esta ayuda tampoco tendrán que pagar la cuota mensual de autónomos.
Esta ayuda está destinada para los autónomos que hayan cerrado su negocio por el estado de alarma y porque su facturación se ha visto reducida a un 75% con respecto a los últimos seis meses.
Asimismo, el Gobierno también ha decidido aprobar una moratoria de seis meses sin intereses para pagar la Seguridad Social, aunque estamos a la espera para saber los requisitos.
Trabajadores con hijos
Los trabajadores que tengan que cuidar de sus hijos mientras están en casa, pueden pedir una reducción de jornada para poder cuidar a los niños o a personas dependientes. La Seguridad Social se hará cargo de esa parte del salario que no se perciba.
Trabajadores temporales
El Gobierno ha aprobado un subsidio de 440 euros para los trabajadores temporales cuyo contrato haya terminado durante el estado de alarma. La ayuda podrán cobrarla todos aquellos trabajadores que tuvieran un contrato temporal de, como mínimo, dos meses de duración. No es compatible con otras ayudas económicas.
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