Díaz aparca el permiso de 10 días por fallecimiento de familia política y lanza uno por eutanasia
La ampliación a 10 días del permiso por fallecimiento hasta el segundo grado de consanguinidad se podrá repartir en 4 semanas
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quiere ampliar hasta 10 días el permiso por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y que se pueda disfrutar hasta que hayan transcurrido cuatro semanas del fallecimiento en días continuados o discontinuos. Sin embargo, deja fuera de este permiso a los familiares políticos del fallecido. Mientras que, por otro lado, plantea un permiso de un día para acompañar a una persona cuando vaya a recibir la eutanasia y al que tendrá derecho cualquier trabajador que haya sido designado por esta para acompañarla, independientemente de si hay o no parentesco.
Asimismo, ya se conoce que el permiso por cuidados paliativos va a ser de 15 días en caso de enfermedad del cónyuge, pareja de hecho o parientes también hasta el segundo grado por consanguinidad.
Este permiso podrá dividirse en dos períodos diferentes, pero sólo una vez por paciente y siempre en un plazo máximo de tres meses desde que se empieza a disfrutar. Bastará con un informe médico que justifique la situación de cuidados paliativos para tener derecho a él.
El permiso de cuidados paliativos sólo se puede usar una única vez
En el caso del permiso por cuidados paliativos, sólo se podrá hacer uso de este permiso una única vez respecto de la persona que precise de los cuidados paliativos, sin perjuicio del derecho de la persona trabajadora a acogerse, además y durante ese periodo, a los permisos por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización si el paciente estuviera recibiendo los cuidados paliativos en régimen de atención domiciliaria.
Así se indica en el documento que ha enviado el Departamento de Yolanda Díaz a los agentes sociales este fin de semana, y que ha adelantado Cadena SER.
Actualmente, los trabajadores tienen derecho a dos días de permiso por fallecimiento de familiar de primer y segundo grado de consanguinidad (padre, hijos, hermanos, abuelos y nietos), que puede ampliarse hasta cuatro si necesitan desplazarse a otra localidad.
Reducción de jornada por cuidados paliativos
Además, el texto recoge la ampliación del derecho a la reducción de jornada trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella, a quien precise encargarse del cónyuge o pareja de hecho, o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, que precise de cuidados paliativos, tanto en régimen de atención hospitalaria como domiciliaria.
La ministra de Trabajo avanzó hace unas semanas que lanzaría un Real Decreto Ley para modificar el Estatuto de los Trabajadores e incorporar la ampliación del permiso por fallecimiento hasta un máximo de diez días, así como uno nuevo por cuidados paliativos a familiares.
«Nadie puede ir bien a trabajar a los dos días del fallecimiento de un padre, de una madre, de un hijo, de una hija, de un amigo. Nadie puede hacerlo bien. Nadie», defendió Yolanda Díaz que indicó que los permisos por fallecimiento en España son «demasiado exiguos».
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