El dato más desconocido si tienes que pedir una pensión por incapacidad permanente
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La fecha clave de la subida de las pensiones no es enero de 2024: es antes
La incapacidad permanente es una pensión contributiva, de manera que la Seguridad Social exige un mínimo de días cotizados para poder acceder a la misma. Ahora bien, en caso de no cumplir lo requisitos, hay una alternativa: la pensión no contributiva de invalidez.
Pensión no contributiva de invalidez
Tal y como detalla el IMSERSO en su web, esta pensión: «asegura a todos los ciudadanos en situación invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Para acceder a la pensión no contributiva de invalidez, es necesario contar con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Además, los ingresos anuales no deben exceder los 6.784,54 euros. Ahora bien, si la renta anual es inferior a la cifra mencionada, pero se convive en el mismo domicilio con algún familiar, solo se puede percibir una pensión no contributiva si la suma de todas las rentas anuales de todos los miembros de la Unidad Económica de Convivencia es inferior a las siguientes cuantías.
Si se convive con el cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
- 11.533,72 euros al año si hay 2 convivientes.
- 16.282,90 euros al año si hay 3 convivientes.
- 21.032,08 euros al año si hay cuatro convivientes o más.
Si entre los parientes consanguíneos con los que se vive está alguno de los padres o los hijos:
- 28.834,30 euros al año si hay 2 convivientes.
- 40.707,25 euros al año si hay 3 convivientes.
- 52.580,20 euros al año si hay cuatro convivientes o más.
La cuantía individual de la pensión se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva que formen parte misma unidad económica de convivencia, así como de los ingresos personales y/o los de las personas que integran la unidad económica. La cuantía no puede ser inferior a 1.696,14 € anuales, que se corresponde con el 25% del importe íntegro para el año 2023.
Para pedir la pensión no contributiva de invalidez, hay que presentar la solicitud cumplimentada y acompañada de toda la documentación necesaria. Una vez concedida, se somete a revisiones periódicas para verificar si el beneficiario sigue cumpliendo con los requisitos. Es obligatorio informar de cualquier cambio en la situación personal o económica.
Y, por último, cabe señalar que la pensión no contributiva es incompatible con otras pensiones y prestaciones económicas que tengan la misma naturaleza, como las pensiones de jubilación o las pensiones de invalidez contributivas.
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