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Coto permanente a las posiciones cortas: los bajistas informarán a la CNMV si su apuesta supera el 0,1%

La Unión Europea (UE) ha vuelto a ajustar el nivel mínimo de inversión por el que los grandes hedge funds deben comunicar sus posiciones cortas. Pero esta vez lo hace de forma permanente y no como consecuencia del coronavirus. De esta forma, los fondos bajistas deben informar, en el caso de España, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de cualquier apuesta en contra de una cotizada superior al 0,1% de su capital.

Habitualmente, la normativa de la UE obligaba a notificar a las autoridades nacionales competentes las posiciones cortas equivalentes al menos al 0,2% del capital emitido de un valor, aunque el umbral que obliga a comunicar públicamente dicha posición bajista es del 0,5%, una cuestión que se mantiene intacta.

En marzo de 2020, la Autoridad Europea del Mercado de Valores (ESMA, por sus siglas en inglés) redujo con carácter temporal al 0,1% del capital emitido el umbral mínimo a partir del cual los inversores debían informar a las autoridades nacionales acerca de sus posiciones cortas. El supervisor europeo consideró que rebajar ese porcentaje era una medida de precaución en circunstancias excepcionales vinculadas a la pandemia de covid-19. Como respuesta a la volatilidad registrada en el mercado español, la CNMV prohibió constituir o incrementar las posiciones cortas sobre acciones cotizadas en la Bolsa durante dos meses.

Un año después, en marzo de 2021, con los mercados europeos ya cerca de niveles previos a la pandemia y unas previsiones económicas que mostraban un cierto optimismo, la ESMA decidió revocar esa decisión y volvió a colocar el umbral de comunicación a los supervisores en el 0,2%.

Sin embargo, ahora, en un reglamento delegado publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea (DO) el pasado 11 de enero se reactiva esa obligación a perpetuidad, con efectos desde inicios del próximo mes, como adelantaba Cinco Días. En ese documento, las autoridades europeas explican que “el umbral de notificación reducido mejoraba significativamente la transparencia y el seguimiento de las posiciones cortas netas significativas en acciones a nivel individual, sectorial y de mercado, lo que redundaba en un aumento de la eficiencia reguladora”.

Además, destacan, que debe despejarse la incertidumbre con respecto a la obligación de informar prevista por la normativa y que el coste marginal de aplicación para los participantes en el mercado debería de ser insignificante, dado que han estado aplicando dicho umbral durante varios meses.