Casi el 60% del Impuesto de Patrimonio se recauda en Cataluña y la Comunidad Valenciana
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El 58% de la recaudación por el Impuesto sobre el Patrimonio se obtiene en solo dos territorios, principalmente en Cataluña y en segundo lugar en la Comunidad Valenciana, mientras que en otros como Madrid y, a partir de este año, Andalucía no existe en la práctica.
Apenas el 1% de los ingresos fiscales de las comunidades autónomas provienen del Impuesto de Patrimonio, 1.203 millones en 2020, pero la capacidad normativa que estas tienen sobre este tributo, que ha marcado el pistoletazo de salida del una guerra fiscal cuyo último capítulo ha sido el anuncio por el Gobierno de un impuesto a las grandes fortunas, ha generado importantes diferencias territoriales.
Según los últimos datos de la Agencia Tributaria, referidos al ejercicio 2020, en Cataluña, donde ese año residían el 42,3% de los declarantes que abonaban este impuesto, se recaudaron por Patrimonio 546,5 millones de euros, el 45,4% del total, y en la Comunidad Valenciana, donde vivían el 11,9%, se ingresaron 156,3 millones, casi el 13% del total.
Por detrás se situaron Andalucía, que antes de la bonificación del 100% recaudó 93,3 millones en 2020 (el 7,7% del total); Baleares, con 68 millones (5,6%); y Galicia, con 66,6 millones (5,5%). Mientras que en Extremadura fueron 5,3 millones y en Madrid la bonificación del 100 % establecida por la Comunidad redujo a cero los declarantes con cuota (los que efectivamente pagan) y, en consecuencia, la recaudación, según informa Efe.
De los 189.613 declarantes que efectivamente pagaron el impuesto en 2020, 80.150 residían en Cataluña, 22.633 en la Comunidad Valenciana, 16.785 en Andalucía -que ahora ya no tendrán que hacerlo- y 14.515 en Aragón.
Mínimo exento
El Impuesto sobre el Patrimonio tiene con carácter general una exención de 300.000 euros para la vivienda habitual del contribuyente, un mínimo exento de 700.000 euros y la obligación de presentar la declaración para los sujetos pasivos cuya cuota tributaria resulte a ingresar o, no saliendo a ingresar, si el valor de los bienes y derechos supera los 2 millones.
Sin embargo, la legislación del sistema de financiación de las comunidades de régimen común establece que estas tienen capacidad normativa sobre mínimo exento, tipo de gravamen, deducciones y bonificaciones propias y complementarias a las del Estado y exenciones del patrimonio protegido de los discapacitados.
Consecuencia de esa capacidad normativa, el mínimo exento ha sido rebajado en Aragón (400.000 euros) y en Cataluña, Extremadura y la Comunidad Valenciana (500.000 euros), mientras que en estas dos últimas y en Andalucía se han incrementado los mínimos para contribuyentes con discapacidad, según recoge el Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2022, realizado por el Registro de Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas.
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