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Cambio drástico en la jubilación: podrás jubilarte a los 55 años si trabajas en esto

Cambio drástico en la jubilación: podrás jubilarte a los 55 años si trabajas en esto
Cambio drástico en la jubilación: podrás jubilarte a los 55 años si trabajas en esto

La jubilación es uno de los momentos más importantes en la vida de una persona, la etapa en la que se da por finalizada la vida profesional para disfrutar del tiempo libre en la forma en la que cada persona quiera, sin la presión de atender unos horarios o unas responsabilidades laborales. Jubilarse a los 55 años es posible si se dan las circunstancias adecuadas, ya que hay ciertos requisitos que se deben cumplir para poder hacerlo con 10 años de anticipación… ¡toma nota!.

Edad de jubilación en España

La edad de jubilación aumenta cada año en España, algo establecido para poder llegar al año 2027 con una edad definitiva de 67 años para poder jubilarse, salvo quienes puedan hacerlo a los 65 años si superan un determinado número de años cotizados (este año, 37 años y 9 meses). En este 2023, la edad para jubilarse está fijada en los 66 años y 4 meses si se quiere cobrar el 100% de la cuantía y el tiempo cotizado da para ello.

Con el actual sistema de pensiones se contemplan determinadas penalizaciones para quienes se jubilan antes de tiempo, así como se ofrecen incentivos para quienes deciden alargar su vida laboral.

Jubilarse a los 55 años es posible

Hay determinados casos en los que es posible jubilarse de forma anticipada a los 55 años, concretamente si durante tu carrera profesional te has dedicado a determinadas profesiones que mencionaremos a continuación. Es posible jubilarse a los 55 años para profesionales que pertenecen a grupos con circunstancias especiales o excepcionales, trabajos que la Seguridad Social califica de «naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo».

¿Y cuáles son esas profesiones? Pues matadores de toros, rejoneadores, novilleros, banderilleros, picadores y toreros cómicos, es decir, los trabajadores taurinos. En el caso de que trabajadores de estos sectores quieran jubilarse a los 55 años, deben acreditar un mínimo de participación en espectáculos taurinos, cifra que está fijada en 150 festejos para matadores de toros, rejoneadores y novilleros, mientras que deben ser 200 festejos en el caso de picadores, banderilleros y toreros cómicos.

También otros trabajadores podrán jubilarse con mucha anticipación, y si bien la Seguridad Social no especifica a qué edad, sí que se puede reducir la edad de jubilación en un máximo de 10 años según la edad de jubilación que le corresponda. Esto es posible para estos trabajadores:

  • Trabajadores del Mar
  • Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero
  • Personal de Vuelo de Trabajos Aéreos
  • Trabajadores ferroviarios
  • Artistas
  • Bomberos al servicio de las administraciones y servicios públicos
  • Miembros del Cuerpo de la Ertzaina
  • Policías Locales

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